Querella criminal contra autores del golpe de
1973
Iltma. Corte de Apelaciones
Materia: Querella Derechos Humanos
Ministro: Sr. Mario Carroza
Procedimiento: Código de Procedimiento Penal
En lo principal, querella criminal por delitos que
indica; En el Primer Otrosí, Solicita exención de fianza de calumnias; En el
Segundo Otrosí, Solicita diligencias; En el Tercer Otrosí, Acompaña documentos.
; En el Cuarto Otrosí, Solicita se traiga expediente a la vista ; En el Quinto
Otrosí, Patrocinio y Poder.-
SEÑOR MINISTRO
LORENA PIZARRO SIERRA, cédula de identidad
nº10.434.621 - 9, Presidenta de la organización denominada “AGRUPACION DE
FAMILIARES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS”, AFDD, RUT nº72.366.200 -1, y ALICIA LIRA
MATUS, cédula de identidad nº 5.579.740-4, Presidenta de la Organización No
Gubernamental, ONG, denominada “ AGRUPACIÓN DE FAMILIARES DE EJECUTADOS
POLÍTICOS”, AFEP, RUT 73.878.600-9, creada por Decreto Nº 835 de 22 de agosto de
1996, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Agustinas nº 1022, oficina
328, Santiago Centro, a SS Iltma.
Respetuosamente decimos :
Que por este acto entablamos querella criminal por
los delitos que se describe en el cuerpo de este escrito en contra de todos
quienes corresponda, chilenos o extranjeros, militares o civiles, en relación a
los crímenes perpetrados con ocasión del golpe militar del 11 de septiembre de
1973 y que constituyen la estructura y esencia misma de esa sublevación
antidemocrática que abrió paso al genocidio que los tribunales investigan hasta
hoy, pero si que hasta ahora se juzge el golpe en sí y los delitos que ese
propio acto implica. El golpe en sí mismo y los ilícitos penales cometidos el
propio 11 de septiembre del 73 constituyen delitos de lesa humanidad,
imprescriptibles de acuerdo a los Tratados Internacionales suscritos por Chile
que gozan de rango constitucional y de acuerdo además con la propia
Jurisprudencia de nuestros tribunales y en especial de nuestra Excma. Corte
Suprema en fallos reiterados.
1.- LOS HECHOS :
Como es de conocimiento de general, en los años de
la dictadura y pese a los notables esfuerzos de los familiares de las víctimas y
de sus organizaciones, con el apoyo de un grupo de abogados, de entidades
humanitarias y religiosas y de la elevada actitud de determinados jueces y
ministros de Corte, lo objetivo es que el avance en materia de investigación y
juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en nuestro país
durante la dictadura militar encabezada por Augusto Pinochet, fue escaso y
excepcional.
La querella presentada en enero de 1998 en las
nuevas condiciones del país y acogida a trámite por del Poder Judicial a través
de la Corte de Apelaciones de Santiago, fue la que abrió paso a una etapa nueva
en la historia judicial chilena. A fines de ese mismo año eran alrededor de 400
las querellas contra Pinochet y los demás responsables de las debía conocer un
solo magistrado, el Ministro del Fuero don Juan Guzmán Tapia. Entre ellas las de
casos emblemáticos como los de “Calle Conferencia”, “Caso de los 119”,
“Operación Cóndor”, “Caravana de la muerte”, “Colonia Dignidad” y muchos otros.
El elevado número de querellas determinó a las autoridades judiciales a
distribuir las causas entre un reducido grupo de jueces llamados “ de dedicación
especial” que permitió la agilización relativa de los procesos en curso, los que
hasta hoy no terminan de modo definitivo. Todavía más : el año 2010 se inició la
presentación por parte de la AFEP de 1.300 nuevas querellas que corresponden a
igual número de casos nunca antes investigados. Entre ellos figuran los del
Presidente Allende y el General Bachelet. En su inmensa mayoría esas nuevas
querellas corresponden a los asesinatos de centenares de chilenas y chilenos
anónimos, de todas las edades, sexo y condición social.
A estas fechas, tanto el tribunal de SS.Itma. como
otros a los que se ha derivado causas, han obtenido logros judiciales
significativos y concretos que anidan la esperanza de recuperar a plenitud la
confianza en nuestros tribunales.
De lo dicho se concluye categóricamente que se
encuentra establecido por los órganos pertinentes del Estado de Chile la
existencia real de crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado a
partir del 11 de septiembre de 1973 y hasta el término de la dictadura, con la
complicidad de numerosos civiles y medios de prensa comprometidos con ese
régimen antidemocrático.
Está por tanto establecido que hubo centenares de
detenidos desaparecidos y miles de ejecutados ilegalmente, torturados, violados
y violadas y prisioneros sin juicio.
Es más, se ha sometido a proceso y condenado a
algunas decenas de esos agentes del Estado, de los que unos 70 de ellos se
encuentran hoy en prisión cumpliendo las penas impuestas de conformidad a la
ley, luego de un debido proceso.
Esta es la verdad objetiva, esto es parte
indiscutible de la historia judicial del país y esta situación contribuye
objetivamente, aunque sea todavía de forma parcial, a los nobles propósitos de
verdad y justicia que son contribuyentes del propósito superior de desarrollo y
consolidación de la democracia.
Sin embargo sigue pendiente una carencia jurídica y
judicial fundamental, como es el enjuiciamiento del origen mismo de las
múltiples violaciones a los derechos humanos, esto es al golpe de Estado del 11
de septiembre del 73 como tal y los delitos previos que esa operación político
militar conllevó. Así como la confesa participación en ellos, en diversas
condiciones jurídicas, de personas y autoridades de estados extranjeros lo que
constituyò un gravísimo atentado a la soberanía nacional, que contó con la
complicidad de nacionales, civiles y militares.
Ese criminal golpe no fue por cierto una locura
matinal del dictador. Ese crimen de lesa patria y de lesa humanidad se vino
fraguando con tiempo y en esa sórdida conspiración de políticos, mandos de las
Fuerzas Armadas, dueños de medios de prensa, poderosos empresarios y aparatos de
inteligencia extranjeros, participaron muchos individuos que nunca han sido
procesados y que siguen gozando de inmerecida impunidad y libertad.
No podrá cerrarse jamás este negro capítulo de la
historia si no se abre proceso en contra de los crímenes del golpe mismo en sí y
del conjunto de ilícitos que se perpetraron.
¿Cómo podría explicarse que se juzgó las
consecuencias y no la causa de los crímenes? ¿Puede haber crímenes tan alevosos
como este genocidio cuya causa sea legítima?
¿Fueron sólo “excesos de autoridad” como sostienen
varios de los que hace mucho que debieran estar encarcelados?. Si sólo fuera
eso, ¿cómo se explican los numerosos juicios de derechos humanos ya con
sentencia definitiva? Una necesidad elemental de justicia y racionalidad
jurídica motivan la presente acción penal.
Entrando en materia, digamos que constituyen hoy
verdades indiscutibles científicamente comprobadas, tanto el carácter criminal
del golpe, la presencia en su preparación y ejecución de parte de una potencia
extranjera y el papel de sus servicios de inteligencia, la conspiración previa
entre políticos chilenos, miembros de las Fuerzas Armadas y el auspicio de la
Central de Inteligencia norteamericana, la CIA. Es más, todo ha sido
expresamente investigado en primer lugar por organismos del propio Estado
norteamericano. Baste sólo con mencionar el llamado INFORME CHURCH del Senado
norteamericano, luego los numerosos documentos desclasificados de la CIA y,
adicionalmente, el denominado INFORME HINCHEY.
La primera sesión del Senado del 94 Congreso de la
Unión de los EEUU de Norteamérica, de fecha 18 de diciembre de 1975, conoció del
Informe acerca de la Acción Encubierta en Chile entre los años 1963 a 1973
preparado por llevada a cabo por la Comisión Electa para el Estudio de
Operaciones Gubernamentales concernientes a Actividades de Inteligencia, que
incluye el papel de las Corporaciones Multinacionales en la sedición.
Esta importante Comisión fue presidida por el
Senador republicano por Idaho, señor Franck Church e integrada por una veintena
de parlamentarios estadounidenses y funcionarios especializados. Es la razón por
la que se le conoce mundialmente como el “Informe Church”. Un documento a prueba
de toda duda o suspicacia pues se trata de un texto elaborado por personas que
por su militancia política más bien son afines a los golpistas y en ningún caso
de progresistas enemigos de la dictadura. Como dice su propia introducción : “
Las declaraciones de los hechos contenidos en este informe son verdaderas bajo
las mejores cualidades del personal de la Comisión para determinarlos. El
informe y todos los juicios expresados en él están probados. Varias áreas son
meramente mencionadas en él; la investigación en estas áreas continúa.” “El fin
del informe es señalar los hechos básicos de la acción encubierta en Chile para
capacitar a la Comisión y sostener audiencias públicas. Este informe está basado
en una extensa revisión de documentos de la Agencia Central de Inteligencia, El
Departamento de Estado y Defensa, y el Consejo de Seguridad Nacional; y bajo
testimonio de oficiales y antiguos oficiales.
Con muy pocas excepciones, algunos nombres de
chilenos y de Instituciones Chilenas, han sido omitidos para evitar revelaciones
de fuentes y métodos de inteligencia y para evitar daños innecesarios a chilenos
que cooperan con la Agencia Central de Inteligencia. Sin embargo, el informe
procura ofrecer una imagen exacta del alcance, los fines y la magnitud de la
acción encubierta de los Estados Unidos en Chile.”
El importante documento desarrolla lo que fueron las
acciones subversivas encubiertas entre los servicios de inteligencia
norteamericanos y políticos chilenos y propietarios de medios de comunicación,
sus técnicas, las actividades clandestinas, presencia de las grandes empresas,
el apoyo con dinero a determinados partidos políticos chilenos, papel de EEUU en
las elecciones presidenciales chilenas de 1964 y de 1970, su influencia en
determinados medios de comunicación, la desestabilización económica y política
contra el gobierno del Presidente Allende así como las acciones llevadas a cabo
a partir del 73, incluídos el enlace y colaboración con las policías nacionales
y los servicios de inteligencia y contrainteligencia de las FFAA chilenas.
Se demuestra en este documento – que emana al fin y
al cabo del propio Estado norteamericano - que mediante la inversión de millones
de dólares se compró la conciencia y la acción de un vasto grupo de políticos,
de parlamentarios y empresarios.
El fin era clarísimo : impedir que en Chile se
produjera todo proceso de cambio social, económico o político que pudiera
afectar los intereses norteamericanos en Chile. Para ello, entre otros, se puso
en movimiento a organizaciones terroristas como “Patria y Libertad” dirigida por
el abogado Pablo Rodríguez Grez o el Comando Rolando Matus; se entregó
cuantiosos recursos a gremios como el de los camioneros o a líderes del
comercio, se provocó el acaparamiento y la escasez de productos, el estallido de
bombas y la ejecución de atentados, las huelgas patronales y del transporte y se
captó a dirigentes políticos de derecha y de centro.
Como se señala en el Informe, “ los esfuerzos de los
Estados Unidos para alterar el curso de la política chilena alcanzó la cima en
1970: la CIA fue orientada a emprender un esfuerzo para promover un golpe
militar en Chile, evitando así el ascenso al poder de Salvador Allende. Esta
tentativa, también llamada "Plan de Operaciones II", es el tema de un informe
individual de la Comisión y será tratado abajo, en la sección III. Aquí, un
breve resumen demostrará la extrema intervención encubierta americana en la
política chilena.” “El 15 de septiembre de 1970 - después de que Allende
terminara primero en las elecciones pero antes de que el Congreso chileno
hubiera elegido entre él y el candidato, Alessandri |4|, - el Presidente Nixon
se reunió con Richard Helms, el Director de la Central de Inteligencia, el
asistente al Presidente para asuntos de Seguridad Nacional Henry Kissinger y el
procurador general John Mitchell. Helms fue comisionado para prevenir que
Allende se hiciera con el poder. Este empeño se llevó a cabo sin el conocimiento
del Departamento de Estado y Defensa o del Embajador.” “Rápidamente resultó
evidente tanto para la Casa Blanca como para los oficiales de la CIA que un
golpe militar era la única solución para evitar el ascenso de Allende al poder.
Para lograr este fin, la CIA estableció contacto con varios grupos de
conspiradores militares y finalmente pasó armas y gas lacrimógeno a uno de
ellos. La CIA sabía que los planes de todos los grupos de conspiradores se
iniciaban con el secuestro del constitucionalista Jefe del Estado Mayor del
Ejército, General Rene Schneider.”
Sólo la Agencia Central de Inteligencia de los EEUU,
la CIA, gastó secretamente ocho millones de dólares entre 1970 y el golpe
militar en Septiembre 1973, con más de tres millones de dólares gastados en el
año fiscal 1972. El Informe consigna detalladamente las sumas de dólares
invertidas para financiar la ofensiva de los diarios de la empresa de “El
Mercurio” de propiedad de Agustin Edwards así como la huelga de los camioneros
en contra del gobierno constitucional elegido en 1970.
Consigna además los pagos a partidos chilenos, la
determinación personalizada de los candidatos al parlamento a los que la CIA
entregaría fondos así como los pagos para la infiltración en el movimiento
estudiantil y en la Central de Trabajadores.
Como ya dijimos, también consta allí la directa
participación norteamericana en el asesinato del general constitucionalista René
Schneider,
Nuestra realidad actual muestra que lograron su
objetivo plenamente.
Gracias a la dictadura impusieron un modelo
económico, político y social acorde a sus fines, excluyente, desolidarizado,
basado en la ganancia y la apropiación, dependiente del capital extranjero. El
Cobre en los hechos está desnacionalizado y en Chile, en suma, no se recupera
todavía una democracia plena.
Para ello se llevó a cabo el golpe de Estado que
cristalizó el 11 de septiembre del 73 con la realización de un conjunto de
ilícitos cometidos ese mismo día y que nunca han sido sancionados.
Si hemos hecho esta larga relación inicial es
precisamente para recordar y explicar el contexto general en que se enmarcó la
comisión de los delitos cuya investigación judicial reclamamos.
Por si fuera insuficiente, nos hacemos un deber en
señalar que en respuesta a la Sección 311 de la Ley de Autorización en Materia
de Inteligencia (Intelligence Authorization Act) para el Año Fiscal 2000,
conocida más bien como la "Enmienda Hinchey", la Comunidad de Inteligencia (CI),
dirigida por el Consejo Nacional de Inteligencia, revisó una serie de archivos
relevantes de la CIA de ese período, básicamente a partir de recientes búsquedas
documentales y estudió gran número de informes del Congreso concernientes a las
actividades en Chile en los años 60 y 70. Asimismo dicha Comunidad revisó las
memorias de figuras clave, incluidas las de Richard Nixon y Henry Kissinger;
revisó el archivo histórico oral de la CIA que se encuentra en el Centro de
Estudios de Inteligencia; y, consultó con funcionarios de inteligencia en retiro
que estuvieron directamente involucrados.
Esta amplia base de información otorga una gran
fiabilidad a los hechos establecidos y que hemos intentado resumir en el
presente escrito.
Resulta pues indispensable desde el punto de vista
legal, judicial y ético, establecer judicialmente las responsabilidades de cada
cual en los crímenes de lesa humanidad previamente perpetrados camino del asalto
al palacio de la Moneda, así como los cometidos o iniciados el mismo día del
golpe y sólo así podrá entenderse que el Poder Judicial de Chile cumplió
cabalmente su papel de juzgar estos graves delitos.
Huelga comentar por ser hechos suficientemente
conocidos que el mismo día 11 de septiembre del 73, junto con concretar y
consumar el delito largamente preparado con mucho tiempo de antelación por los
sediciosos, militares y civiles, se perpetró una serie de delitos conexos tales
como el innecesario y abominable bombardeo a La Moneda, el despliegue de tropas
militares por todo el país aterrorizando a la población y asesinando inocentes,
torturando, saqueando propiedades.
El propio asalto armado a La Moneda es en sí un
ilícito impune hasta hoy.
La inmensa mayoría de estos delitos relacionados
estrechamente con el golpe y que forman parte del mismo ilícito no han sido
investigados o lo han sido aisladamente. Tampoco se investigó nunca los actos
terroristas que los golpistas cometieron en preparación del golpe
2.- LOS ILÍCITOS PENALES :
Las conductas descritas importan a lo menos la
existencia de los delitos previstos y sancionados por los artículos 121 y 122
del Código Penal, vigentes en la época de los hechos, de sublevación y rebelión
contemplados en las normas citadas.
Esto es, alzarse a mano armada contra el gobierno
legalmente constituido con el objeto de promover la guerra civil, de cambiar la
Constitución del Estado o su forma de gobierno, privar de sus funciones o
impedir que entren al ejercicio de ellas al Presidente de la República o al que
haga sus veces, a los miembros del Congreso Nacional o de los Tribunales
Superiores de Justicia.
En efecto, el golpe de Estado del 11 de septiembre
de 1973, por la fuerza de las armas y a través de Mandos Militares y Decretos
Leyes, dejó sin efecto la vigencia de la Constitución Política de 1925, atentó
contra entes políticos, destituyendo al Presidente de la República, disolvió el
Congreso Nacional e intervino el Poder Judicial.
Al mismo tiempo los golpistas del 73 cometieron
crímenes en contra de Ministros de Estado, vice ministros o subsecretarios.
Jefes de servicio, intendentes, gobernadores, alcaldes y todo tipo de
funcionarios públicos. Esos crímenes según los casos, fueron asesinatos,
ejecuciones sumarias, torturas o privación ilegítima de libertad.
Los hechos expuestos tipificaron también el delito
previsto y sancionado en el artículo 122 del Código Penal, esto es, a los que
induciendo a los alzados, hubieren promovido o sostuvieron la sublevación y los
caudillos principales de esta, siendo coautores de la rebelión, sea como
autores, ejecutores o como autores instigadores que tuvieron alguna forma de
intervención personal o directa en el alzamiento mismo aunque no consista en su
presencia física a la cabeza de los sublevados o en el sitio de los sucesos.
Se configuran por supuesto también los delitos de
homicidios, y el de lesiones graves, sean consumados o en grado de tentativa,
respecto de las personas a las que les alcanzaron los disparos o bombas lanzadas
por los asaltantes del Palacio de La Moneda.
Existe por supuesto el delito de daños a la
propiedad del Estado y el delito de incendio, los que se configuran a partir del
muy cobarde bombardeo a La Moneda.
Además, se configura el delito de Asociación
Ilícita, previsto y sancionado en el artículo 292 del Código Penal, que sanciona
a la asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social y contra
las personas.
El golpe de Estado de 11 de septiembre de 1973, como
ya se ha descrito en el cuerpo de este escrito, fue planificado por una potencia
extranjera aliada con elementos civiles y militares nacionales y perpetrado por
grupos militares y civiles organizados, con el objeto de alzarse a mano armada
contra el gobierno democrático y constitucional, pero además, de secuestrar,
torturar y asesinar a miles de militantes y partidarios del gobierno
constitucional, por razones políticas.
Ello configura un tipo de asociación ilícita
asimilable al delito de genocidio, definido en la Convención para la prevención
y sanción del delito publicado en el Diario Oficial de fecha 11 de diciembre de
1953. Esto es, destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, social
y religioso y actualmente sancionado en la Ley 20.357, publicado con fecha 18 de
julio de 2009 en su artículo 11 y 15 sobre Asociación Ilícita para cometer
delitos de lesa humanidad o genocidio.
Los ejecutores uniformados y civiles del episodio
más trágico de la historia de Chile han cometido además delitos contemplados en
el Código de Justicia Militar, especialmente los descritos en ellos Títulos II,
IV, V y VI de dicho cuerpo legal y que el tribunal de SS. Itma. deberá
igualmente considerar.
Desde luego la traición, el espionaje y otros
crímenes que afectan gravemente a la soberanía y a la seguridad exterior del
Estado, estatuídos en los arts. 244 a 258 del citado Código de Justicia
Militar.
Téngase presente que Pinochet y el alto mando de la
época eran los responsables del plan de defensa de la seguridad personal del
Presidente de la República, Doctor Salvador Allende, y de la defensa del orden
constitucional de la nación ante las crecientes amenazas golpistas de la
época.
No cabe olvidar que en junio del mismo 1973 hubo un
intento fallido de golpe de Estado conocido como el “tanquetazo” o “tancazo”
para diferenciarlo del intento golpista del general Roberto Viaux de algunos
años anteriores, conocido como “Tacnazo” por provenir de efectivos del
regimiento Tacna.
Fue entonces que Pinochet y su grupo fueron
designados garantes de la preservación del orden constitucional del país,
mientras que el jefe del grupo terrorista y golpista “Patria y Libertad”,
instigador del golpismo, el abogado Pablo Rodríguez Grez, se asilaba en una
embajada y salía del país para evitar su juzgamiento por tales hechos contra el
orden y la seguridad nacionales.
Los ilícitos por los que nos querellamos constituyen
también los delitos contra el orden y seguridad del ejército a que se refiere el
Título V del citado CJM. Por cierto además importan la comisión de los delitos
contra los deberes y el honor militares sancionados en el Título VI del mismo
CJM.
Se cometieron asimismo los delitos inferidos por
funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución descritos en
los arts. 148 y sgts. del párrafo 4ª del Título III del Libro II del Código
Penal.
Ha de considerarse además los ilícitos penales
contemplados en la Ley de Seguridad Interior del Estado vigente en septiembre
del 73 que sanciona varias de las conductas de los querellados entre ellas
desacato, ultraje y otras.
El golpe que destruyó la historia constitucional
chilena y violó la entonces vigente Constitución Política de 1925, vulnera
además Tratados y Convenios Internacionales de los que Chile es parte.
Entre ellos los Convenios de Ginebra, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, la Convención contra la Tortura, la Convención Americana de Derechos
Humanos y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Si se tiene en consideración la penetración
extranjera en la política y en las Fuerzas Armadas chilenas, de la que dan
cuenta numerosas y serias investigaciones nacionales e internacionales, se
concluye en la naturaleza esencialmente delictiva, antidemocrática y
antipatriótica del proceder de los autores civiles y uniformados del golpe de
Estado de septiembre de 1973.
Es hora ya de romper el largo silencio y permitir
que los tribunales nacionales actúen conforme a Derecho.
3.- LOS RESPONSABLES :
Será el tribunal el que en definitiva resuelva la
responsabilidad que a cada cual le corresponde; sin embargo de lo cual desde ya
corresponde señalar a los altos mandos de esa época de las Fuerzas Armadas, del
Cuerpo de Carabineros y del Servicio de Investigaciones. Así como a los
responsables de la Embajada de los EEUU de Norteamérica en Chile. Pero, muy
especialmente, a los dirigentes políticos de la oposición al Gobierno
constitucional del Presidente Salvador Allende. La inmensa mayoría de todos los
cuales siguen su vida a la fecha en la mayor impunidad e incluso algunos
ocupando cargos de responsabilidad en el aparato del Estado.
Serán asimismo los tribunales quienes determinen las
responsabilidades por cada uno de los claros actos preparatorios del crimen de
lesa patria por el que nos querellamos. Nos referimos por ejemplo al acuerdo
sedicioso de la Cámara de Diputados del mes de agosto de 1973 y otras
declaraciones especialmente preparadas para crear el clima propicio que buscaban
los conjurados, entre otros al pronunciamiento político de la Corte Suprema de
la época.
Del mismo modo debe investigarse la responsabilidad
de los dueños de los medios de comunicación golpistas y de algunos periodistas
coludidos con el golpe, como se demostrará en este juicio. Una revisión de la
prensa de la época inmediatamente previa al golpe del 73 nos revela toda la
verdad y entrega los nombres precisos. Diarios como El Mercurio, La Tercera,
Tribuna, La Segunda, etc., todos afines a la conspiración o partícipes directos,
como los medios de la cadena de prensa del Mercurio, entregan antecedentes
contundentes para la investigación judicial. A modo ilustrativo, consignamos a
continuación algunos datos históricos ; en este caso la fuente principal, aunque
no la única, es el libro de la periodista Mónica González “La Conjura, los Mil y
un día del golpe”, editorial Catalonia, octubre 2012, uno de los más serios y
completos.
La obra citada nos recuerda que a pocos días de la
elección de Salvador Allende como Presidente de la República, exactamente el día
9 de septiembre de 1970 el embajador de los EEUU en Chile, Mr. Korry había
enviado al Presidente Nixon el siguiente mensaje: “ una y sólo una esperanza :
el futuro de Chile será decidido por un solo hombre: Frei. Creo que él está
jugando sus cartas con extraordinaria astucia”.
Poco después la Junta Nacional de la Democracia
Cristiana de octubre de 1970 exigió a la Unidad Popular un Estatuto de Garantías
que debía transformarse en Reforma Constitucional, como condición para apoyar a
Allende en el Congreso. Patricio Aylwin dijo entonces: “ Reconocemos su derecho
pero no está aún elegido, de nosotros depende. Y como de nosotros depende,
tenemos que negociar en condiciones de fuerza.” Y agregó Aylwin : “ En ese
momento Sergio Ossa Pretot , Ministro de Defensa, nos hizo saber que los mandos
de la FFAA estaban preocupados por la politización del ejército bajo un gobierno
de izquierda”. Añadió entonces el ahora ex presidente que procedieron a reunirse
en su casa, privadamente con los mandos de las FFAA. No era la primera reunión
entre altos dirigentes de la DC y los militares. Tampoco fue la última.
En ellas participaban personajes políticos, vivos
hoy, y que ni siquiera han sido citados a declarar por su responsabilidad
objetiva en la criminal conjura. Los sectores más extremos, con apoyo
norteamericano, estaban abiertamente por desatar el caos e impedir que Allende
asumiera la presidencia. Un obstáculo era la actitud constitucionalista del
General Schneider. Por esos mismos días apareció con fuerza en la política, como
ya señalamos, el abogado Pablo Rodríguez al frente de un nuevo movimiento
fascista “ Patria y Libertad “.
Su discurso era claramente provocador y amenazante:
“………si quieren guerra civil, aquí estamos nosotros de pié” y planteaba
abiertamente impedir la asunción de Allende como Presidente. Por varios
atentados terroristas, el 28 de septiembre de 1970 fueron detenidos Enrique
Schilling y Luis Abelardo Meza que habían provocado explosiones de bombas. Al
amanecer del 2 de octubre de ese año estos terroristas hicieron explotar un
estanque de 120.000 litros de combustible en el aeródromo de Pudahuel y luego
intentaron volar con dinamita un paso nivel en Avda. Mata.
Otro terrorista de ultra derecha era Enrique
Arancibia Clavel, hijo de un capitán de fragata y hermano de oficiales de la
armada y del ejército. Dejamos constancia que, curiosamente, los jueces de la
época dejaban de inmediato en libertad a los terroristas. La conspiración
continuó con el asesinato del general René Schneider, operativo en que participó
el General Camilo Valenzuela que recibió 50.000 dólares de mano del agente de la
CIA, Paul Wimer, quien también entregó una suma similar al almirante Fernando
Porta Angulo.
El 14 de septiembre de 1970 en la embajada
norteamericana en Santiago ya se discutía las variantes golpistas y se
distribuía miles de dólares para sobornar a los congresistas chilenos.Un plan
sedicioso independiente que constaba con numerosos agentes distribuidos en
cuarteles y oficinas, llevaba a cabo el grupo ejecutivo de la empresa
norteamericana de telecomunicaciones, la poderosa ITT, dueña de los teléfonos de
Chile y que fuera años más tarde estatizada por el gobierno de Allende. Los
conspirados nacionales y extranjeros con el apoyo de los medios de comunicación
lanzaron otra variante de su ofensiva, como fue la creación del caos económico
del país.
El 22 de octubre de 1970 por la mañana, se llevó a
cabo la llamada “Operación Alfa”, en la que participaron numerosos terroristas
encabezados por Juan Luis Bulnes Cerda, los hermanos Izquierdo Menéndez, Carlos
Silva Donoso, Roberto Vinet, que atacaron el vehículo en que se desplazaba René
Schneider, dándole muerte a balazos. A las 48 horas siguientes debía ser
proclamado el nuevo presidente de la república por el Congreso Pleno. El plan de
los golpistas fracasó. Allende fue aclamado Presidente. Pero la ofensiva para
derrocar al gobierno constitucional recién comenzaba.
Entre las figuras de extrema derecha involucradas en
el asesinato de Schneider y luego en las maniobras golpistas estaban los
uniformados Roberto Viaux, Camilo Valenzuela, Joaquín García, Hugo Tirado,
Vicente Huerta, de las distintas ramas de las FFAA y carabineros y también
civiles como el abogado Guillermo Carey y su colega Sergio Miranda Carrington,
fundador del movimiento “ No entreguemos Chile”. A su vez, la conspiración al
interior del ejército continuaba su marcha.
El gran empresariado nacional no estaba ajeno en
absoluto a lo que ocurría. Un papel destacado jugaba Agustín Edwards,
propietario de El Mercurio y fundador en 1968 junto a oficiales retirados de la
Armada de una llamada “Cofradía Náutica del Pacífico Austral”. Allí se
incorporaron los almirantes José Toribio Merino, Patricio Carvajal, Arturo
Troncoso, Roberto Kelly y Hernán Cubillos. Este grupo de escogidos mantenía
activos contactos con los servicios secretos norteamericanos. Debe mencionarse
también a René Silva Espejo, que dirigió El Mercurio y que tenía contactos de
alto nivel con las FFAA. En septiembre de 1971 los empresarios con el apoyo de
la citada Cofradía realizaron un seminario en el Hotel O`Higins de Viña dela
Mar. En ese cónclave golpista estuvieron Javier Vial, Hernán Cubillos y Eugenio
Heiremans.
A la par, seguía activo el movimiento nacionalista
ultrareaccionario “Patria y Libertad”. El general Alexander Haig recomendó por
escrito entregarle recursos a Pablo Rodríguez. Acompañaban a dicho abogado, que
en su juventud había militado en el Partido Radical, personajes como Roberto
Thieme, el que años después contrajo matrimonio con la hija mayor del
dictador.
Al complot se sumaba la Sociedad de Fomento Fabril (
SOFOFA) y también la Sociedad Nacional de Agricultura con Benjamín Matte, Alvaro
Puga y Enrique Campos Menéndez.
Mientras, decenas de miles de dólares llegaban a
Patria y Libertad, uno de cuyos principales contribuyentes era el gerente
general de Ladeco, Juan Costabal. No es casual que uno de los principales
ideólogos de la dictadura fascista chilena, Jaime Guzmán, participara en la
fundación de Patria y Libertad en el estadio Nataniel. Guzman era Opus Dei y
franquista.
Como señala la periodista Mónica González en su obra
ya citada, sólo el primer año del gobierno de Allende los aportes
norteamericanos para la desestabilización y el golpe en Chile , superaron los 2
,5 millones de dólares. Así lo consigan el informe oficial del senado de los
EEUU.
Un episodio importante de esta asociación ilícita
conspirativa fue el paro de octubre de 1972 y el alzamiento del general Alfredo
Canales. En este episodio como en otros, juega un papel muy importante la
Colonia Dignidad ubicada en Parral, predio de 16.000 hectáreas fundado en los
años 60 por Paul Schàffer y que fuera un cuartel general de la dictadura en el
que se ejecutó y se hizo desaparecer a decenas de chilenas y chilenos.
Las relaciones políticas de Colonia Dignidad con los
golpistas y con figuras civiles es pública y notoria, como podrá declararlo
entre otros Federico Willoughby, miembro de la dirección de Patria y Libertad,
ejecutivo de una empresa norteamericana y que por esas sugestivas coincidencias
de la historia terminó siendo asesor del presidente Patricio Aylwin , después de
la dictadura.
Quien ha aportado datos relevantes respecto de como
se preparó el golpe que abrió paso al genocidio es don Orlando Saenz
expresidente de la Sofofa, quien relata el papel jugado por diversos personajes.
Entre ellos León Villarín, Rafael Cumsille, Raúl Bazán, Jaime Guzmán, Pablo
Rodríguez, Sergio de Castro, Sergio Undurraga, Arturo Fontaine, Emilio
Sanfuentes, Alvaro Bardón.
Casi todos estos personajes están vivos, conocen
acabadamente los hechos y deberán prestar declaración en el proceso. La lista es
larga y sólo a vía de ejemplo señalemos a Hermógenes Pérez de Arce, Pedro Ewing,
Federico Willoughby, Roberto Kelly, Pablo Baraona, Emilio Sanfuentes, José
Radic, Gonzalo Vial y tantos otros que en su momento se solicitará sean citados
ante el trobunal.
Episodios relevantes de la conspiración son el
llamado “Comité de los 15” o el “complot del pastel de choclo”. Luego vendría el
asesinato del Comandante Araya de la Armada, la voladura de torres y tuberías,
el paro de los transportistas, la asonada de junio del 73, el acuerdo de la
Cámara de Diputados, y finalmente el golpe y los brutales crímenes hoy en manos
de los tribunales, con su correspondiente operativo de inteligencia: el llamado
“Plan Z” y luego el “Libro Blanco del cambio de gobierno en Chile”.
Recordemos finalmente que don Patricio Aylwin,
destacado dirigente político que ha ocupado los más altos cargos institucionales
del país, declaró el 26 de agosto de 1973 al periódico norteamericano “The
Washington Post” que si a él le dieran a elegir “entre una dictadura marxista y
una dictadura de nuestros militares, yo eligiría la segunda”. ¿Hay algo más
claro de abierto apoyo al golpe que se veía entonces como un real peligro para
la estabilidad democrática?
El mismo personaje, actualmente vivo, pocos días
después del golpe de Estado, declaró a la prensa el 17 de septiembre de 1973 que
“el gobierno de Allende había agotado, en el mayor fracaso, la “vía chilena al
socialismo” y se aprestaba a consumar un autogolpe para instaurar por la fuerza
la dictadura comunista”
4.- LAS AGRAVANTES:
Los delitos perpetrados el 11 de septiembre de 1973,
tanto en Santiago como en casi todas las ciudades y pueblos de Chile, fueron
cometidos con las siguientes agravantes del art. 12 del Código Penal, descritas
en sus respectivos números, que son:
Nº1.- Cometer los delitos con alevosía ya que
obraron a traición y sobre seguro. Considérese que para los crímenes se
confabularon todos aquellos que un político de este país ha llamado “los poderes
fácticos”.
Nº2.- Ejecutarlos por medios que causaron grandes
estragos y daños a personas. Baste con mencionar el asalto y bombardeo a La
Moneda.
Nº4.- Aumentar deliberadamente el mal causando otros
males innecesarios. La tortura, las detenciones y prisiones ilegales, el
desaparecimiento de personas, el destierro, lo confirman
Nº6.- Abusar los delincuentes de la superioridad de
sus fuerzas y armas. Recuérdese que asaltaron La Moneda con tropas y tanques y
la bombardearon cuando dentro del palacio estaba el Presidente Allende con un
pequeño grupo.
Nº8.- Prevalerse del carácter público del principal
culpable. Téngase en cuenta que Pinochet era el Comandante en Jefe del Ejército
chileno y le apoyaron diversos confabulados que revestían similar carácter.
Nº9.- Emplearon los delincuentes medios
absolutamente ignominiosos. Baste con recorrer la historia de esos años y la
condena que, precisamente por la ignominia de los medios empleados, aprobara la
Organización de Naciones Unidas durante cada año que duró la dictadura
Nº11 Ejecutaron sus crímenes con auxilio de gente
armada y de personas que dado su enorme número proporcionaron su impunidad. En
efecto, los crímenes de lesa humanidad del día 11 de septiembre del 73 fueron
perpetrados por los mandos de las tres ramas de las FFAA, más Carabineros e
Investigaciones, arrastrando a sus tropas al genocidio.
Nº13 Ejecutaron sus crímenes con ofensa y desprecio
tanto de la primera autoridad pública del país como del lugar en que éste se
hallaba cumpliendo sus funciones, el palacio presidencial, patrimonio de la
nación. Provocaron la muerte del Presidente de la República, asesinaron a sus
ministros (casos Tohá y Letelier, por ejemplo ) y destruyeron La Moneda,
principal símbolo de una república democrática.
Nº18 Perpetraron los ilícitos con ofensa y desprecio
del respeto que merecía el Presidente de la República, por su investidura,
dignidad, autoridad, y encontrándose en su morada, natural y legítima, sin haber
provocado el suceso.
POR TANTO SIRVASE SSA. ITMA.:
En mérito de los antecedentes de hecho y jurídicos
expuestos en el cuerpo de este escrito, tener por interpuesta querella criminal
en contra de todos los que aparezcan responsables, civiles o militares, chilenos
o extranjeros, de los diversos delitos criminales ya descritos y cometidos con
ocasión del crimen que constituye el golpe de Estado del 11 de septiembre de
1973, investigar los hechos, la conspiración, los delitos adicionales cometidos
aquel día y en su momento decretar los autos de procesamiento que corresponda en
la etapa procesal específica y, en definitiva aplicarles el máximo de la pena
legal, todo con costas. Nuestro reclamo de justicia interpreta sin duda a la
mayoría del país porque es inadmisible, jurídica y moralmente, la impunidad a
este respecto.
PRIMER OTROSI: Solicitamos que, en tanto somos
representantes de organizaciones nacionales que agrupan a miles de los
ofendidos, se nos declare exentas del pago de fianza de calumnias.
SEGUNDO OTROSI: Pedimos al tribunal se sirva
decretar las siguientes deligencias :
a) amplia orden de investigar a la Brigada de
Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones ; b) oficio a cada una de las
comandancias en jefe de todas las ramas de las fuerzas armadas para que
entreguen al tribunal una nómina completa de los nombres de todo el personal de
cada una de las instituciones, sea Ejército, Armada o Fuerza Aérea, que
participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de 1973, a partir de
la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada del día 12 de
septiembre de 1973, ya sea en la ciudad de Santiago como en las demás ciudades
del país, con especial mención de los que participaron en el asalto a La Moneda,
en la ocupación de otros edificios estatales en el país y, en el caso del
ejército, de cada uno de los comandantes de los regimientos militares de esa
fecha a lo largo del país.
c) oficio a la Dirección General de Carabineros de
Chile para que entregue al tribunal una nómina completa de todo el personal que
participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de 1973, a partir de
la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada del día 12 de
septiembre de 1973, tanto en Santiago de Chile como en todas las ciudades del
país.
d) oficio a la Dirección General de la Policía de
Investigaciones para que entregue al tribunal una nómina completa de todo el
personal que participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de
1973, a partir de la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada
del día 12 de septiembre de 1973 en Santiago y demás ciudades del país.
e) oficio al Servel y a la Contraloría General de la
República para que informe al tribunal de la nómina de todos los dirigentes de
los partidos políticos chilenos a la época del 11 de septiembre de 1973.
f) oficio a la embajada de los EEUU de Norteamérica
en Santiago de Chile para que entregue al tribunal la nómina de sus funcionarios
a la fecha del 11 de septiembre de 1973.
g) oficio a la Cámara de Diputados para que informe
al tribunal de quienes fueron los parlamentario promotores del acuerdo de esa
Cámara de agosto de 1973 que declaró como supuestamente ilegales los actos del
gobierno constitucional e informe además de qué parlamentarios votaron a favor
dicho proyecto de acuerdo.
h) oficio a la Excma. Corte Suprema a fin que
entregue al tribunal la nómina de los ministros que formaban parte de esa Corte
a la fecha del golpe de Estado y de aquellos ministros que suscribieron una
declaración relativa a una supuesta desobediencia del gobierno constitucional de
la época al acatamiento de los fallos de tribunales.
i) oficio a Policía Internacional para que informe a
SS. Itma., respecto de las condiciones de la salida del país del ciudadano Pablo
Rodríguez Grez, jefe del grupo Patria y Libertad, tras el fracasado intento de
golpe de Estado de junio del mismo año 1973.
j) oficio a las empresas periodísticas de El
Mercurio y La Tercera para que remitan al tribunal ejemplares de los periódicos
El Mercurio, La Tercera, La Segunda y La Tribuna de los meses de octubre de 1972
a diciembre de 1973.
k) Se cite a declarar a los periodistas señora
Mónica González y señor Francisco Herreros a fin que declaren respecto de la
presente querella por su conocimiento como resultado de sus investigaciones
profesionales.
l) Se cite a declarar al señor Federico Willoughby
Mac Donald, vocero de la dictadura y más tarde alto funcionario del gobierno de
Patricio Aylwin, respecto de hechos de los que tiene un reconocido y personal
conocimiento.
TERCER OTROSI: Pedimos al tribunal tener por
acompañados: 1) copia en idioma español del llamado Informe Church del Senado de los EEUU de Norteamérica del mes de diciembre de 1975, en que consta buena
parte de los fundamentos de la presente querella, y 2) copia de material de
Wikipedia acerca del llamado Plan Zeta.
CUARTO OTROSI: Pedimos a SS. Itma. se sirva disponer
se traiga a la vista y se tenga como parte integrante de la presente acción
penal, el expediente relativo al episodio del bombardeo de La Moneda, formado a
partir de la investigación acerca de la muerte del Presidente Salvador
Allende.
FUENTE: LE MONDE DIPLOMATIQUE
No hay comentarios:
Publicar un comentario