viernes, 19 de agosto de 2011

Corte de Apelaciones de Concepción rechaza solicitud de desafuero de diputado Jorge Sabag

En fallo dividido de 7 votos contra 6 el pleno se pronunció en contra de la solicitud del Ministerio Público por encontrar insuficiente los antecedentes aportados para privar de inmunidad al parlamentario.


La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el desafuero del diputado de la Democracia Cristiana (DC) por el distrito 42, Jorge Sabag, que había solicitado el Ministerio Público para indagar supuestos delitos de fraude al Fisco y negociación incompatible.
En fallo dividido de 7 votos contra 6 el pleno integrado por los ministros Claudio Gutiérrez (presidente) Sara Herrera, Renato Campos, María Leonor Sanhueza, Eliseo Araya, Juan Villa, Diego Simpértigue, Juan Rubilar, Jaime Solís, Carlos Aldana, Rosa MacKay, Hadolff Ascencio y Juana Godoy, rechazaron la solicitud por encontrar insuficiente los antecedentes aportados para privar de inmunidad al parlamentario.
El legislador fue acusado de utilizar fondos de la Cámara de Diputados para las sedes distritales  en el arriendo de una propiedad de una sociedad de su padre, el senador (DC) Hosain Sabag y su esposa, cuyo representante era su hermano Patricio.
La resolución expresa que “analizados los referidos antecedentes de acuerdo con las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, se concluye que tales indicios resultan insuficientes para llevar a esta Corte de Apelaciones al convencimiento necesario para formular la declaración de haber  lugar a la formación de causa en contra del H. Diputado señor Sabag Villalobos”.
Esta se adoptó con el voto en contra de los ministros Claudio Gutiérrez, Sara Herrera, María Leonor Sanhueza, Eliseo Araya, Jaime Solis y Rosa MacKay que consideraron “que la petición de desafuero del Honorable Diputado don Jorge Eduardo Sabag Villalobos, se aviene perfectamente con los antecedentes acumulados durante la investigación efectuada por el Ministerio Público, y ello no puede ser entendido, en caso alguno, como una desprotección para la mencionada autoridad pública, precisamente porque dentro del procedimiento judicial podrá ejercer todos los derechos que estime le correspondan”.

FUENTE: EL MOSTRADOR

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