Dictan primera condena por trata de personas con fines de explotación laboral
Oriana Miranda | Viernes 23 de agosto 2013 - 18:41 hrs. | comenta
El Juzgado de Garantía de Molina dictó la primera condena por trata de personas con fines de explotación laboral en el país, lo que tanto para la Fiscalía como para los abogados querellantes del caso sienta un importante precedente en la prevención y lucha contra este delito. La sentencia definitiva se conocerá este martes.
El jueves pasado, el Juzgado de Garantía de Molina dictó la primera condena por trata de personas con fines de explotación laboral en Chile, por el caso de 64 ciudadanos bolivianos que fueron ingresados ilegalmente al país para el armado de torres de alta tensión en la pre cordillera.
Los trabajadores habían sido traídos a Chile en calidad de turistas y engañados respecto de sus condiciones laborales, puesto a que los sueldos ofrecidos nunca fueron pagados.
Además, se les mantenía en condiciones de hacinamiento y sus horarios de trabajo excedían por amplio margen el máximo legal.
Paola Espinoza y Manuel Espinoza, padre e hija y dueños de la empresa implicada en este ilícito, pasaron cuatro meses en prisión preventiva y fueron reformalizados por el delito de trata de personas, mientras que otros dos funcionarios ya habían sido condenados por tráfico de migrantes, con penas de tres años y un día de presidio.
“Hay que considerar que el delito de tráfico es solamente el ingreso con ánimo de lucro respecto de los ciudadanos bolivianos (…) Sin embargo, el delito de trata de personas para trabajos forzados, como es en este caso, es mucho más grave y consideramos que ellos, como dueños de la empresa, tenían participación directa en este ilícito”, explicó la fiscal jefe de Molina, Mónica Barrientos.
Tanto la Fiscalía como la defensa coincidieron en solicitar una sentencia de cinco años y un día, la que dependiendo de la determinación de la jueza podría ser cumplida con el beneficio de la libertad vigilada.
Esto, debido a que los imputados se acogieron al principio de cooperación eficaz, lo que sumado a su “irreprochable conducta anterior” permite rebajar en dos grados la sentencia.
La fiscal jefe de Molina, Mónica Barrientos, enfatizó en que la sentencia acordada se ajusta a la ley y, por ende, no le parece “para nada” insuficiente, sobre todo considerando que se trata de la primera por este delito.
“Aquí el trabajo está determinado precisamente en poder obtener los elementos e investigar un delito de tanta gravedad y de tal importancia como el delito de trata de personas. Hay que considerar que esta es la primera condena que hay con respecto a este delito en Chile, no hay más condenas del delito de trata de personas para trabajos forzados”, explicó.
En ese sentido, el jefe de la unidad jurídica del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Rodrigo Bustos, también destacó la importancia de esta condena, ya que “existen en este momento otras causas judiciales que se están tramitando, también por trata con fines de explotación laboral o con fines de explotación sexual”.
“Por lo tanto, esta primera condena puede constituir un precedente importante en otros casos que se están conociendo y también ojalá que constituya un llamado de atención a personas que puedan estar cometiendo este delito o que pudieran cometerlo en el futuro, para que se entienda que hay sanciones y hay condenas en este tipo de actos”, manifestó.
El instituto Nacional de Derechos Humanos, la Gobernación de Curicó y la Intendencia del Maule actuaron como querellantes en este caso, cuya sentencia definitiva se conocerá este martes.
FUENTE: RADIO U. DE CHILE
Los trabajadores habían sido traídos a Chile en calidad de turistas y engañados respecto de sus condiciones laborales, puesto a que los sueldos ofrecidos nunca fueron pagados.
Además, se les mantenía en condiciones de hacinamiento y sus horarios de trabajo excedían por amplio margen el máximo legal.
Paola Espinoza y Manuel Espinoza, padre e hija y dueños de la empresa implicada en este ilícito, pasaron cuatro meses en prisión preventiva y fueron reformalizados por el delito de trata de personas, mientras que otros dos funcionarios ya habían sido condenados por tráfico de migrantes, con penas de tres años y un día de presidio.
“Hay que considerar que el delito de tráfico es solamente el ingreso con ánimo de lucro respecto de los ciudadanos bolivianos (…) Sin embargo, el delito de trata de personas para trabajos forzados, como es en este caso, es mucho más grave y consideramos que ellos, como dueños de la empresa, tenían participación directa en este ilícito”, explicó la fiscal jefe de Molina, Mónica Barrientos.
Tanto la Fiscalía como la defensa coincidieron en solicitar una sentencia de cinco años y un día, la que dependiendo de la determinación de la jueza podría ser cumplida con el beneficio de la libertad vigilada.
Esto, debido a que los imputados se acogieron al principio de cooperación eficaz, lo que sumado a su “irreprochable conducta anterior” permite rebajar en dos grados la sentencia.
La fiscal jefe de Molina, Mónica Barrientos, enfatizó en que la sentencia acordada se ajusta a la ley y, por ende, no le parece “para nada” insuficiente, sobre todo considerando que se trata de la primera por este delito.
“Aquí el trabajo está determinado precisamente en poder obtener los elementos e investigar un delito de tanta gravedad y de tal importancia como el delito de trata de personas. Hay que considerar que esta es la primera condena que hay con respecto a este delito en Chile, no hay más condenas del delito de trata de personas para trabajos forzados”, explicó.
En ese sentido, el jefe de la unidad jurídica del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Rodrigo Bustos, también destacó la importancia de esta condena, ya que “existen en este momento otras causas judiciales que se están tramitando, también por trata con fines de explotación laboral o con fines de explotación sexual”.
“Por lo tanto, esta primera condena puede constituir un precedente importante en otros casos que se están conociendo y también ojalá que constituya un llamado de atención a personas que puedan estar cometiendo este delito o que pudieran cometerlo en el futuro, para que se entienda que hay sanciones y hay condenas en este tipo de actos”, manifestó.
El instituto Nacional de Derechos Humanos, la Gobernación de Curicó y la Intendencia del Maule actuaron como querellantes en este caso, cuya sentencia definitiva se conocerá este martes.
FUENTE: RADIO U. DE CHILE
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