Por aguinaldos y bonos que no se cancelaron desde 1981
Corte Suprema obliga a U. Católica a pagar millonaria deuda a trabajadores de Canal 13
Publicado: 09.05.2013
Los
empleados de Canal 13 nunca recibieron el pago de bonificaciones a las
que tenían derecho desde 1981. Como funcionarios dependientes de la
Universidad Católica, gozaban de beneficios similares a los del sector
público -como aguinaldos y bonos- financiados con fondos que debía
aportar el Ministerio de Hacienda. Tras un proceso judicial que tomó más
de dos años, la Corte Suprema reconoció la deuda y determinó que debe
ser cancelada por la universidad a cerca de 500 trabajadores de la
estación de TV. El sindicato de Canal 13 calcula en unos $ 250 millones
la suma global a pagarse, correspondiente apenas a los bonos de 2008 a
2010, pues la deuda anterior está prescrita.
Desde 1981, los
empleados de la Universidad Católica reciben bonos que se pagan con
fondos provenientes del Ministerio de Hacienda, tal como si fuesen
funcionarios públicos. El beneficio se originó en la reforma que
permitió la creación de universidades privadas y que, al mismo tiempo,
determinó que el Estado debía contribuir al financiamiento de las
instituciones de educación superior que ya existían en 1980. Así, cada
año, durante las últimas tres décadas, los funcionarios de la UC
recibieron sus aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, junto a otros
beneficios del sector público. Pero no todos gozaron de estos bonos. Los
trabajadores de Canal 13 nunca los recibieron. Es más, no tenían idea
que contaban con ese derecho. Recién se enteraron en 2010, tras un
encuentro de la Asociación de Sindicatos UC. Y lo que siguió fue una
demanda que acaba de culminar con un fallo de la Corte Suprema a favor
de los empleados de la estación de TV.
A unos $250 milllones se empina la suma global que debe pagar ahora
la Universidad Católica. Así lo informó a CIPER el ex presidente y
actual director del Sindicato de Trabajadores de Canal 13, Iván Mezzano,
quien encabezaba la entidad gremial cuando se interpuso la acción
judicial. Mezzano, que ha representado a los trabajadores durante todo
el proceso legal, dice que la cifra se basa en el cálculo “conservador”
que ha hecho el abogado que asumió la defensa de los funcionarios del
canal. El dirigente explicó que la suma corresponde apenas a lo adeudado
entre 2008 y 2010 –año en que la estación pasó a ser controlada por el
Grupo Luksic-, debido a que las normas laborales establecen la
prescripción a los dos años.
En 2010, cuando faltaban sólo algunos meses para que la Universidad
Católica concretara la venta de Canal 13 a los Luksic, el Sindicato de
Trabajadores de la Corporación de Televisión de la UC fue alertado de
una situación que no tenía contemplada: “Hasta antes de la venta, en
agosto de 2010, nosotros teníamos el mismo RUT de la Universidad
Católica. En la Asociación de Sindicatos UC, donde estaban los
administrativos, otros profesionales de la universidad, la gente de la
Red de Salud UC y Canal 13, nos dimos cuenta que nos habían quitado
asignaciones correspondientes al decreto que da compensaciones fiscales
desde 1981”, cuenta Mezzano respecto del origen del reclamo judicial que
iniciaron ese año.
Fue un estatuto especial -el Decreto con Fuerza de Ley Nº4 de 1981,
del Ministerio de Educación- el que estableció que el Estado debía
contribuir a financiar las universidades, así como a las instituciones
derivadas de esas entidades de educación superior. Y Canal 13 calificaba
como una entidad derivada de la UC, por lo que sus trabajadores
debieron recibir los beneficios hasta octubre de 2010, cuando la
estación dejó de ser una corporación de derecho público dependiente de
la universidad para convertirse en una sociedad controlada en un 67% por
el Grupo Luksic.
El 7 de septiembre de 2010, los dirigentes del sindicato ingresaron al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago una demanda
en contra de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la
Corporación de Televisión de la UC por el cobro de los beneficios
laborales adeudados, consistentes en aguinaldos de Navidad, Fiestas
Patrias y otros bonos especiales no imponibles contemplados en la ley.
En el documento se lee:
“Desde
la instauración de estos aportes fiscales a favor de las universidades,
así como de los beneficios laborales que las leyes que, anualmente
sobre reajustes del sector público contemplan, aplicables, por expresa
norma legal, tanto al personal docente como no docente, nunca a los
trabajadores del Canal 13 se les otorgó y pagó estos beneficios
financiados por el Estado, pese a que dependemos directamente de la
Pontificia Universidad Católica de Chile, siendo objeto de una
discriminación incomprensible frente a un mandato legal indubitable,
financiado no con fondos propios sino con fondos públicos”.
El pago de estos beneficios debía hacerse “segmentado”, según el
nivel de ingresos de los trabajadores. De esta forma, los que perciben
remuneraciones más altas tienen un beneficio de un monto inferior a
aquellos empleados que cobran remuneraciones menores.
El litigio se extendió por más de dos años. La resolución de primera
instancia, emanada del Primer Juzgado de Letras del Trabajo el 29 de
enero de 2013 y ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, ya
había determinado que la universidad debía cancelar los beneficios
impagos a los trabajadores de Canal 13. Pero, tanto los representantes
legales de la UC como de Canal 13 llevaron el caso a la Corte Suprema.
En un comienzo interpusieron recursos de nulidad, solicitando invalidar
el fallo. Además, presentaron un recurso por unificación de
jurisprudencia donde, entre otros argumentos, acusaban que el tribunal
laboral no era competente para dirimir un tema que involucra fondos
fiscales y que los trabajadores de Canal 13 nunca recibieron las
bonificaciones porque no se consideraba a la Corporación de Televisión
como una entidad derivada de la UC. La justicia determinó lo contrario.
Finalmente, la Corte Suprema desestimó el último recurso presentado
por la universidad. El 1 de abril la Cuarta Sala del máximo tribunal
confirmó la decisión de primera instancia. En su fallo, los ministros
Patricio Valdés, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Lamberto Cisternas y
el abogado integrante Arturo Prado, resolvieron de forma unánime en
favor del sindicato. La universidad, entonces, deberá encargarse de
realizar gestiones con el Ministerio de Hacienda, a objeto de obtener
los fondos para cumplir con la resolución judicial:
“La Pontificia Universidad Católica de Chile, deberá pagar a los
trabajadores miembros del Sindicato demandante, los aguinaldos de
Fiestas Patrias y de Navidad; y bono especial, de que tratan las Leyes
Nº 20.233, Nº 20.313 y Nº 20.403”, indica la resolución de los
ministros.
En la UC confirmaron que dan el proceso por terminado y que están a
la espera de que la sentencia sea ejecutoriada, lo que determinará la
forma de pago y los montos adeudados a los trabajadores de Canal 13. A
nombre de Andrés Prieto del Río, director de Asuntos Jurídicos, la
Universidad Católica entregó a CIPER la siguiente declaración:
-La sentencia que acogió la demanda del Sindicato de Trabajadores del
Canal 13 se encuentra a firme, no existiendo recursos pendientes, y en
consecuencia, la causa se encuentra terminada en esta etapa,
correspondiendo ahora iniciar la fase procesal de cumplimiento del
fallo.
EL DILEMA DE LAS NÓMINAS
Para la dirigencia del Sindicato de Trabajadores de Canal 13 aún
queda pendiente un asunto que no se logró esclarecer en el juicio.
Durante el proceso, la universidad aseguró que los empleados de Canal 13
no recibieron las bonificaciones porque nunca fueron incluidos en las
nóminas de trabajadores enviadas al Ministerio de Hacienda al momento de
solicitar los fondos para pagar los beneficios.
El dirigente Mezzano indicó a CIPER que consultaron mediante oficio a
los ministerios de Hacienda y Educación por las nóminas que les enviaba
la UC. En ambas carteras se les informó que la universidad no remite el
listado de los trabajadores, sino que únicamente el monto total de la
suma que solicita al Estado que le transfiera. De esa manera, la
autoridad delega en la universidad la facultad de determinar los
trabajadores beneficiarios, sin que haya control alguno sobre ello.
“Los ministerios de Educación y Hacienda hacen fe de la universidad y
seguramente de todas las universidades que tienen derecho a estos
beneficios laborales. Es muy grave si la universidad no envió nóminas
(de trabajadores) y sólo mandó un número, y el Estado pagó sólo en base a
ese número. Esto, porque pudo haber negligencia, en el sentido de que
la UC nunca mandó nuestra lista, pero también puede haber un arista más
grave de malversación de caudales públicos”, afirmó Mezzano.
Entre los argumentos que esgrimió al defenderse de la demanda, la
universidad aseguró que los fondos reclamados por los demandantes nunca
le fueron traspasados desde Hacienda. Los fondos que recibió la UC,
según explicaron sus defensores, eran para “el personal propio de la
institución de educación superior, pero no para el personal de la
entidad televisiva”.
Asimismo, los abogados de la universidad rechazaron “cualquier
insinuación tendiente a hacer creer que aquí se habrían recibido fondos
para ser repartidos indiscriminadamente en cualquier entidad relacionada
con la Pontificia Universidad Católica de Chile. En la práctica, estos
fondos se transfieren por el Ministerio de Hacienda previa
individualización de las personas a las cuales se les entrega el bono
y/o aguinaldo”.
A raíz de esto, el sindicato envió una carta
dirigida a la Contraloría con el fin de esclarecer si efectivamente se
individualizaba a los trabajadores de la UC titulares del beneficio en
la solicitud de fondos fiscales para efectuar el pago.
Canal 13 se excusó de hacer declaraciones sobre la resolución del
juicio. El fiscal de la estación, Sergio Vergara, señaló a CIPER que no
les corresponde referirse al proceso ya que la demanda era contra la
Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica y no
contra la nueva sociedad que controla la estación: Canal 13 SpA.
FUENTE: CIPER CHILE
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