jueves, 9 de mayo de 2013


Por aguinaldos y bonos que no se cancelaron desde 1981

Corte Suprema obliga a U. Católica a pagar millonaria deuda a trabajadores de Canal 13


Fachada Canal 13 Los empleados de Canal 13 nunca recibieron el pago de bonificaciones a las que tenían derecho desde 1981. Como funcionarios dependientes de la Universidad Católica, gozaban de beneficios similares a los del sector público -como aguinaldos y bonos- financiados con fondos que debía aportar el Ministerio de Hacienda. Tras un proceso judicial que tomó más de dos años, la Corte Suprema reconoció la deuda y determinó que debe ser cancelada por la universidad a cerca de 500 trabajadores de la estación de TV. El sindicato de Canal 13 calcula en unos $ 250 millones la suma global a pagarse, correspondiente apenas a los bonos de 2008 a 2010, pues la deuda anterior está prescrita.
Desde 1981, los empleados de la Universidad Católica reciben bonos que se pagan con fondos  provenientes del Ministerio de Hacienda, tal como si fuesen funcionarios públicos. El beneficio se originó en la reforma que permitió la creación de universidades privadas y que, al mismo tiempo, determinó que el Estado debía contribuir al financiamiento de las instituciones de educación superior que ya existían en 1980. Así, cada año, durante las últimas tres décadas, los funcionarios de la UC recibieron sus aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad, junto a otros beneficios del sector público. Pero no todos gozaron de estos bonos. Los trabajadores de Canal 13 nunca los recibieron. Es más, no tenían idea que contaban con ese derecho. Recién se enteraron en 2010, tras un encuentro de la Asociación de Sindicatos UC. Y lo que siguió fue una demanda que acaba de culminar con un fallo de la Corte Suprema a favor de los empleados de la estación de TV.
A unos $250 milllones se empina la suma global que debe pagar ahora la Universidad Católica. Así lo informó a CIPER el ex presidente y actual director del Sindicato de Trabajadores de Canal 13, Iván Mezzano, quien encabezaba la entidad gremial cuando se interpuso la acción judicial. Mezzano, que ha representado a los trabajadores durante todo el proceso legal, dice que la cifra se basa en el cálculo “conservador” que ha hecho el abogado que asumió la defensa de los funcionarios del canal. El dirigente explicó que la suma corresponde apenas a lo adeudado entre 2008 y 2010 –año en que la estación pasó a ser controlada por el Grupo Luksic-, debido a que las normas laborales establecen la prescripción a los dos años.
En 2010, cuando faltaban sólo algunos meses para que la Universidad Católica concretara la venta de Canal 13 a los Luksic, el Sindicato de Trabajadores de la Corporación de Televisión de la UC fue alertado de una situación que no tenía contemplada: “Hasta antes de la venta, en agosto de 2010, nosotros teníamos el mismo RUT de la Universidad Católica. En la Asociación de Sindicatos UC, donde estaban los administrativos, otros profesionales de la universidad, la gente de la Red de Salud UC y Canal 13, nos dimos cuenta que nos habían quitado asignaciones correspondientes al decreto que da compensaciones fiscales desde 1981”, cuenta Mezzano respecto del origen del reclamo judicial que iniciaron ese año.
Fue un estatuto especial -el Decreto con Fuerza de Ley Nº4 de 1981, del Ministerio de Educación- el que estableció que el Estado debía contribuir a financiar las universidades, así como a las instituciones derivadas de esas entidades de educación superior. Y Canal 13 calificaba como una entidad derivada de la UC, por lo que sus trabajadores debieron recibir los beneficios hasta octubre de 2010, cuando la estación dejó de ser una corporación de derecho público dependiente de la universidad para convertirse en una sociedad controlada en un 67% por el Grupo Luksic.
El 7 de septiembre de 2010, los dirigentes del sindicato ingresaron al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago una demanda en contra de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Corporación de Televisión de la UC por el cobro de los beneficios laborales adeudados, consistentes en aguinaldos de Navidad, Fiestas Patrias y otros bonos especiales no imponibles contemplados en la ley. En el documento se lee:
“Desde la instauración de estos aportes fiscales a favor de las universidades, así como de los beneficios laborales que las leyes que, anualmente sobre reajustes del sector público contemplan, aplicables, por expresa norma legal, tanto al personal docente como no docente, nunca a los trabajadores del Canal 13 se les otorgó y pagó estos beneficios financiados por el Estado, pese a que dependemos directamente de la Pontificia Universidad Católica de Chile, siendo objeto de una discriminación incomprensible frente a un mandato legal indubitable, financiado no con fondos propios sino con fondos públicos”.
El pago de estos beneficios debía hacerse “segmentado”, según el nivel de ingresos de los trabajadores. De esta forma, los que perciben remuneraciones más altas tienen un beneficio de un monto inferior a aquellos empleados que cobran remuneraciones menores.
El litigio se extendió por más de dos años. La resolución de primera instancia, emanada del Primer Juzgado de Letras del Trabajo el 29 de enero de 2013 y ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, ya había determinado que la universidad debía cancelar los beneficios impagos a los trabajadores de Canal 13. Pero, tanto los representantes legales de la UC como de Canal 13 llevaron el caso a la Corte Suprema. En un comienzo interpusieron recursos de nulidad, solicitando invalidar el fallo. Además, presentaron un recurso por unificación de jurisprudencia donde, entre otros argumentos, acusaban que el tribunal laboral no era competente para dirimir un tema que involucra fondos fiscales y que los trabajadores de Canal 13 nunca recibieron las bonificaciones porque no se consideraba a la Corporación de Televisión como una entidad derivada de la UC. La justicia determinó lo contrario.
Finalmente, la Corte Suprema desestimó el último recurso presentado por la universidad. El 1 de abril la Cuarta Sala del máximo tribunal confirmó la decisión de primera instancia. En su fallo, los ministros Patricio Valdés, Rosa Egnem, Juan Eduardo Fuentes, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Arturo Prado, resolvieron de forma unánime en favor del sindicato. La universidad, entonces, deberá encargarse de realizar gestiones con el Ministerio de Hacienda, a objeto de obtener los fondos para cumplir con la resolución judicial:
“La Pontificia Universidad Católica de Chile, deberá pagar a los trabajadores miembros del Sindicato demandante, los aguinaldos de Fiestas Patrias y de Navidad; y bono especial, de que tratan las Leyes Nº  20.233, Nº 20.313 y Nº 20.403”, indica la resolución de los ministros.
En la UC confirmaron que dan el proceso por terminado y que están a la espera de que la sentencia sea ejecutoriada, lo que determinará la forma de pago y los montos adeudados a los trabajadores de Canal 13. A nombre de Andrés Prieto del Río, director de Asuntos Jurídicos, la Universidad Católica entregó a CIPER la siguiente declaración:
-La sentencia que acogió la demanda del Sindicato de Trabajadores del Canal 13 se encuentra a firme, no existiendo recursos pendientes, y en consecuencia, la causa se encuentra terminada en esta etapa, correspondiendo ahora iniciar la fase procesal de cumplimiento del fallo.

EL DILEMA DE LAS NÓMINAS

Para la dirigencia del Sindicato de Trabajadores de Canal 13 aún queda pendiente un asunto que no se logró esclarecer en el juicio. Durante el proceso, la universidad aseguró que los empleados de Canal 13 no recibieron las bonificaciones porque nunca fueron incluidos en las nóminas de trabajadores enviadas al Ministerio de Hacienda al momento de solicitar los fondos para pagar los beneficios.
El dirigente Mezzano indicó a CIPER que consultaron mediante oficio a los ministerios de Hacienda y Educación por las nóminas que les enviaba la UC. En ambas carteras se les informó que la universidad no remite el listado de los trabajadores, sino que únicamente el monto total de la suma que solicita al Estado que le transfiera. De esa manera, la autoridad delega en la universidad la facultad de determinar los trabajadores beneficiarios, sin que haya control alguno sobre ello.
“Los ministerios de Educación y Hacienda hacen fe de la universidad y seguramente de todas las universidades que tienen derecho a estos beneficios laborales. Es muy grave si la universidad no envió nóminas (de trabajadores) y sólo mandó un número, y el Estado pagó sólo en base a ese número. Esto, porque pudo haber negligencia, en el sentido de que la UC nunca mandó nuestra lista, pero también puede haber un arista más grave de malversación de caudales públicos”, afirmó Mezzano.
Entre los argumentos que esgrimió al defenderse de la demanda, la universidad aseguró que los fondos reclamados por los demandantes nunca le fueron traspasados desde Hacienda. Los fondos que recibió la UC, según explicaron sus defensores, eran para “el personal propio de la institución de educación superior, pero no para el personal de la entidad televisiva”.
Asimismo, los abogados de la universidad rechazaron “cualquier insinuación tendiente a hacer creer que aquí se habrían recibido fondos para ser repartidos indiscriminadamente en cualquier entidad relacionada con la Pontificia Universidad Católica de Chile. En la práctica, estos fondos se transfieren por el Ministerio de Hacienda previa individualización de las personas a las cuales se les entrega el bono y/o aguinaldo”.
A raíz de esto, el sindicato envió una carta dirigida a la Contraloría con el fin de esclarecer si efectivamente se individualizaba a los trabajadores de la UC titulares del beneficio en la solicitud de fondos fiscales para efectuar el pago.
Canal 13 se excusó de hacer declaraciones sobre la resolución del juicio. El fiscal de la estación, Sergio Vergara, señaló a CIPER que no les corresponde referirse al proceso ya que la demanda era contra la Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica y no contra la nueva sociedad que controla la estación: Canal 13 SpA.

FUENTE: CIPER CHILE

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