Objetivo de la administración Piñera sería "desmantelar" el Sernac en perjuicio de los consumidores al nombrar a un abogado de empresas como director
Por María Kovacz
Desde el gobierno apelan a que Juan José Ossa (RN) no tiene "ninguna incompataibilidad para ejercer la dirección del servicio que protege al consumidor. Sin embargo, hace un año llevó el caso de Cencosud acusado precisamente por el Sernac de cobros indebidos.
Desde el gobierno apelan a que Juan José Ossa (RN) no tiene "ninguna incompataibilidad para ejercer la dirección del servicio que protege al consumidor. Sin embargo, hace un año llevó el caso de Cencosud acusado precisamente por el Sernac de cobros indebidos.
El
ministro de Economía, Pablo Longueira, salió a defender el nombramiento
del nuevo director del Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, Juan
José Ossa (RN) luego que se conociera que el abogado experto en litigios
comerciales defendió al conglomerado Cencosud (Jumbo, Easy, Paris,
Santa Isabel) del empresario de origen alemán nacionalizado chileno por
gracia Horst Paulmann en contra del organismo público del que ahora es
su máxima autoridad.
Sin embargo, el ministro Longueira salió rápidamente a defenderlo asegurando que "es un profesional que, trabajando en una oficina, ésta fue contratada por Cencosud. Es un persona intachable, que no sólo fue un gran alumno y profesional de la Universidad Católica, tiene un postgrado, es una persona extraordinaria".
También respaldo la designación, como no, la vocera de Gobierno, Cecilia Pérez, quien aseguró que, de acuerdo a la información que posee el Gobierno, "la última acción judicial que él realizó (Ossa), fue hace más de un año, por lo tanto, legalmente, él no tendría ninguna incompataibilidad para ejercer la dirección del Sernac", dijo.
Impresentable y otra más del gobierno
Para muchos observadores, polémico nombramiento da cuenta que el gobierno simplemente no tiene gente para ocupar los cargos públicos. Tal como aseguró el diputado Patricio Vallespín (DC) que "nuevamente un conflicto de interés -que ha sido pan de cada día de este gobierno- se manifiesta de manera evidente".
"Existe un grupo de Cencosud que no solo han tenido cargos en el gobierno, sino que además, se manifiesta con otro alto directivo que se va a apoyar la candidatura de Laurence Golborne, por ende tenemos un caso lamentable", explicó el legislador.
En esa línea agregó en conversación con Cambio21 que "nuevamente el Presidente desconoce y nombra a alguien que no tiene la capacidad necesaria".
Para Vallespín "ojalá que no sea intencional el elegir a este tipo de
gente, sobre todo para un cargo como es el de director del Sernac.
Aunque con esto ratifica lo que hemos venido diciendo, que este gobierno
no tiene gente disponible para los cargos y están todos vinculados a
las empresas".
Por último, el parlamentario sostuvo que "este es un señor que no va a
defender a los consumidores, porque siempre ha estado al otro lado de
la mesa, y es difícil cambiarlo cuando queda menos de un año de
gobierno. Es por eso que crece nuestro interés de defender aún más a los
consumidores".
Por su parte, la diputada Adriana Muñoz (PPD) calificó el
nombramiento como "impresentable", agregando que "este es un nuevo
conflicto de interés de este gobierno y que se suma a los muchos que
hemos venido denunciando, sobre todo en un cargo tan importante y
estratégico como es la defensa de los consumidores".
En esa línea, la parlamentaria se preguntó "qué defensa puede hacer
una persona con este tipo de conflicto de interés, ha sido abogado de
Cencosud y hoy en día nadie va a creer que se va a cambiar tan rápido la
chaqueta para venir ahora a ponerse al lado de los consumidores".
"El gobierno no tiene un sentido republicano para gobernar, ha sido
un pasadizo entre las empresas a los cargos públicos. No tienen noción
de administrar un Estado", insistió Muñoz a Cambio21.
En tanto, el diputado e integrante de la Comisión de Economía, Fuad
Chahin, criticó la designación calificándola como "un nuevo error no
forzado del gobierno, donde se da la misma lógica que en el caso
Johnson´s, en que abogados que litigaron contra el Servicio después
toman su titularidad y control, cuestión que claramente constituye un
conflicto de interés que va en desmedro de la entidad y la fe pública
con que deben actuar las autoridades en las instituciones que asumen".
"El gobierno de Sebastián Piñera no aprende ni aprenderá la gravedad
que implica tener autoridades con conflictos de interés. Me pregunto,
¿cuál será la independencia del señor Ossa al enfrentarse a denuncias
por cobros abusivos del retail? ¿Cómo va a proteger a los consumidores
de aquello que en el pasado reciente intentó legitimar, como fue el caso
en que litigó a favor de Paulmann de Cencosud, por los cobros
unilaterales de "Tarjetas Más" que afectaron a tanta gente?, indicó el
parlamentario.
En esa misma línea, indicó que "ya vimos lo que sucedió con nombrar
en puestos claves a abogados que litigaron en contra del Servicio que
asumen. Julio Pereira como titular de Impuestos Internos y Mario Vila
como subdirector, con sus actos y la condonación a Johnson´s -para el
cual trabajaron- no sólo lesionaron los intereses del servicio, sino que
dieron origen a un escándalo que perjudicó a toda una institución y sus
funcionarios. ¿Es que el Gobierno piensa hacer lo mismo con el Sernac?
Finalmente, Chaín llamó al gobierno a "rectificar este nombramiento,
porque de lo contrario la señal es que finalmente se está por
desmantelar al servicio o hacer que opere con criterios que benefician a
las empresas por sobre los consumidores."
La querella contra el Jumbo por cobros indebidos
La Corte acogió la apelación de Cencosud respecto al fallo que en primera instancia la condenaba por el aumento unilateral de las comisiones de la Tarjeta Jumbo Más. El Sernac apeló la resolución en la Corte Suprema.
La 8° Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso
que presentó Cencosud rechazando la demanda colectiva presentada en su
contra por el aumento unilateral de la comisión por mantención de la
Tarjeta Jumbo Más al considerar que la acción judicial estaría
prescrita.
Recordemos que las acciones judiciales por Ley del Consumidor no se
pueden perseguir después de 6 meses de ocurrida la infracción. En este
caso, el tribunal interpretó que dicho plazo se cuenta desde que la
empresa avisó a sus clientes el aumento de comisiones a principios de
2006, y la demanda se presentó a fines de ese año.
No obstante, para el Sernac, la empresa siguió cometiendo la
infracción cada vez que cobró mes a mes por lo que no comparte la
interpretación por la cual se revocó el fallo en primera instancia.
El Sernac recuerda que el tribunal no se ha pronunciado respecto al
fondo, esto es, que la empresa haya aumentado las comisiones sin
consentimiento de sus clientes, lo que a su juicio es una infracción a
la Ley del Consumidor.
Los hechos
La acción judicial se originó cuando a principios de 2006, Cencosud informó a sus clientes a través de sus Estados de Cuenta, que a contar de marzo de 2006 modificaría la comisión mensual por administración de la tarjeta Jumbo Más. Esto se tradujo en el aumento en $530 de la comisión por mantención que pasó de $ 460 a $ 990 a cada cliente que presentaba un promedio de compras inferior a $50.000 durante los últimos 6 meses anteriores a la modificación.
A juicio del Sernac, la modificación fue unilateral y sin
consentimiento de los consumidores. Además, la empresa había informado a
sus clientes que entendería aceptada la modificación, por la sola
mantención o utilización de la tarjeta transcurridos 30 días contados
desde la comunicación del alza de la comisión.
Como Cencosud no ofreció solución efectiva, el Sernac interpuso una
demanda colectiva el 6 de diciembre de 2006 en la que exigió que se
sancionara la infracción y que cesaran los cobros indebidos. Asimismo,
solicitó al tribunal la devolución de lo pagado en exceso con reajustes e
intereses, por todo el período o al menos desde marzo 2006 y hasta
cuando los consumidores hubieren expresado su consentimiento y la forma
en que tales devoluciones se harán efectivas.
También en parte de la demanda se exigió la declaración de nulidad
absoluta de la cláusula donde la empresa se reserva el derecho a
modificar unilateralmente las condiciones de uso y privilegio de la
tarjeta; entre otras.
La sentencia, además, ordenaba a Cencosud restituir los dineros
cobrados en exceso a contar del 12 de julio de 2006 a todos los clientes
cuyos nombres aparecen en los listados que mantiene mediante descuento
directo en los estados de cuenta del mes subsiguiente a aquel en que la
sentencia quede ejecutoriada. Si lo anterior no fuera posible, mediante
reintegro personal a cada afectado.
También ordenaba el pago de una indemnización de 1 UTM por cada uno
de los consumidores perjudicados más una multa de 50 UTM a beneficio
fiscal.
FUENTE: CAMBIO 21
No hay comentarios:
Publicar un comentario