Disputa con salmonera por tierras que tienen el agua de Melipeuco
En respuesta a: - Publicado: 02 .08 .2013
Como sabemos desde ya hace algunos años, varias empresas de salmones se han instalado en Melipeuco y sus alrededores, la razón es que sus aguas son muy ricas en nutrientes para la cría de salmones y sus alevines, motivo por el cual empresas de la décima y undécima regiones han adquirido terrenos que cuentan con aguas puras provenientes principalmente del volcán Llaima. Con ello obtienen un considerable ahorro en costos de alimentación para la engorda de los salmones.
Mi familia está radicada en la zona desde 1949. Años antes se hizo una subdivisión del terreno en hijuelas, mi padre adquirió dos de ellas. Mis vecinos son los cuatro hermanos Carrasco Parra. Mientras vivió su padre, Luis Alberto Carrasco Arias, mi padre le dio facilidades para que transitara por los predios para acortar camino hacia el pueblo de Melipeuco.
En 2007, mis padres se trasladaron a la Quinta Región, para vivir cerca de sus hijos y nietos. Un año después, la Sucesión Carrasco inició los trámites para ampliar los terrenos bajo su dominio ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco, con la ayuda de una egresada de Derecho, Daniela Ester Cartes y de un “perito topógrafo”. Argumentando que la medición del terreno era de antigua data y que fue efectuada con equipos de poca precisión y presentando planes de manejo de bosque que correspondían a las tierras de mi padre, lograron que el tribunal les concediera la ampliación de su propiedad.
El supuesto topógrafo de los Carrasco fue Felipe Astroza Aravena, que firma como técnico en topografía, quien formó una empresa de nombre SERAFOR (Servicios Forestales Ltda de Curacautín). Lo curioso es que para ser topógrafo se deben estudiar 2 años, para ser técnico en topografía 3 años, para ser ingeniero de ejecución en topografía 4 años, para ser ingeniero agrimensor o ingeniero topomático, 5 años. Sin embargo Felipe Astroza sólo hizo un curso de 100 horas (durante 2 meses) en Inacap, el cual estaba orientado a los técnicos de empresas constructoras, curso que en ningún caso, les permitía obtener el título de topógrafo y menos de técnico en topografía.
En la causa no se dio cumplimiento al artículo 12 del DL 1939 de 1977, referido a situaciones donde están comprometidos predios fiscales, información que fue omitida ex profeso por el perito topográfico, colocando en su reemplazo que ambas hijuelas limitaban al Norte con la hijuela Nº 1, en circunstancias que lo hacían con predios fiscales, por lo cual debió notificarse a Bienes nacionales y éste al Consejo de Defensa del Estado. El supuesto técnico en topografía, presentó un informe pericial superponiendo el predio de la Sucesión Carrasco sobre nuestra propiedad, lo que indujo a error al juez titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. En consecuencia, se resolvió a favor suyo, aumentando la superficie de sus tierras en un 135%, aumentando de 45 hectáreas a 105,74 hectáreas (de 42 a 60 hectáreas aprox. de la superficie usurpada), tierras que corresponden –por una parte- a la Familia Mohor, con documentos que acreditan su inscripción en el segundo Conservador de Temuco y por otra, a Bienes Nacionales.
Con esa ampliación de cabida, los hermanos Carrasco se adueñaron de las tierras de la familia Mohor, cuyo valor comercial es considerable porque por allí circula el estero Sensén y eso les permitió vender parte de esas tierras usurpadas a una empresa de salmones de nombre Sociedad Inversiones Aqua Spa (conformada por dos sociedades, Costafario y Aqua Smolt). La familia Carrasco vendió sólo 11,5 hectáreas del predio de la familia Mohor a un valor de 18 millones la hectárea. Además el derecho de aguas fue obtenida en forma irregular con engaños a los propietarios de los predios colindantes, según declararon éstos a la PDI, lo que también se está investigando.
La estafa y usurpación de tierras se descubrió cuando el año 2010 nuestra familia quiso vender 175 hectáreas de sus tierras e inició las mediciones con un ingeniero agrimensor de Temuco. La familia Carrasco inició de inmediato diversas acciones de amedrentamiento y amenazas al personal que ha debido hacer las trochas o fajas para la medición del ingeniero, para evitar que se midiera el terreno. Ellos hicieron una denuncia ante Carabineros, que fue remitida a la Fiscalía de Temuco indicando que se cortaron árboles nativos de su propiedad, pero como la acusación era falsa no prosperó, posteriormente presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Temuco por “daños a su propiedad”, “tala del bosque chileno”, “amenazas por parte de los trabajadores del predio” y “porque temían por su integridad física”. El Recurso de Protección fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco y ratificado luego por la Corte Suprema.
La familia Mohor presentamos escrituras y planos de los años 1936, 1943, 1944, 1954, 1991 y 2005 que en forma irredargüible definían claramente de quién eran esas tierras. El año 2011 presentamos una demanda ante el Primer Juzgado Civil de Temuco por reivindicación de líneas, orientada a restituir la parte del predio usurpado. Adicionalmente, ese mismo año presentamos una querella criminal ante el Juzgado de Garantía de Temuco contra la Familia Carrasco Parra de Melipeuco y todos los que resulten responsables por la usurpación de Tierras. El Juzgado de Garantía resolvió una ampliación y separación de la querella, contra el seudo perito topográfico por ejercicio ilegal de la profesión.
Uno de los aspectos que la justicia tendrá que dilucidar es por qué se concretó el traspaso por la venta de la propiedad usurpada, desde la familia Carrasco a la empresa Sociedad Inversiones Aqua Spa, en circunstancias que nosotros informamos de la situación, personalmente y mediante correos electrónicos, al comprador señor Fernando Andrés Hurtado Sepúlveda, socio de las empresas Inversiones Aqua Spa e Inversiones Costa Fario, y a su abogado señor Cristian Mauricio Gotschlich Neumann, actualmente sentenciado con la suspensión del uso de la profesión por un plazo de 2 años y 1 día, por el delito de prevaricación en otra causa y querella.
No siendo suficientes las amenazas y el recurso de protección contra la familia Mohor los que no prosperaron ante el Juzgado, Corte de Apelaciones y Corte Suprema, en la causa civil que se substancia contra la familia Carrasco, esta misma familia y la empresa Aqua Spa presentaron sendos recursos de incidentes de nulidad y excepciones dilatorias para tratar de impedir la reivindicación de líneas conforme a derecho, las que fueron desestimadas por el Primer Juzgado Civil de Temuco. Asimismo, la empresa Aqua Spa presentó ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco (el mismo tribunal que fue engañado por la familia Carrasco en la ampliación de cabida) una nueva demanda solicitando medidas pre judiciales de no celebrar contratos por el predio de la familia Mohor aduciendo que no se ofrecían garantías por el resultado del juicio, lo que fue desestimado por ese tribunal, lo mismo que el recurso de reposición presentado, lo que finalmente fue visto en subsidio por la Corte de Apelaciones, la que sentenció como inadmisible.
La empresa Aqua Spa ha intentado por distintos medios, presentando diversos recursos ante la justicia, evitar que se reivindiquen las líneas originales del predio. Ante el fracaso de los recursos, presentó una nueva demanda ante el mismo Tercer Juzgado Civil de Temuco solicitando servidumbre de paso, lo que no corresponde porque la propiedad dispone de otros accesos, uno de los cuales se utilizó por la salmonera de propiedad de Aqua Smolt, (socia de Aqua Spa), que tiene en arrendamiento a una tercera salmonera. La familia Carrasco cerró los demás accesos que figuran en el plano original de la hijuelación de 1936 y se auto encerró, para obligar a la familia Mohor a dar una servidumbre de paso, a favor de Aqua Spa, en un camino privado que fue abierto por la familia Mohor para unir sus dos hijuelas y producto de la explotación de maderas. La empresa Aqua Smolt representada por Juan Pablo Núñez Núñez socia de Aqua Spa fue demandada recientemente por Sernapesca ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco por contaminación de las aguas del Río Negro, también en Melipeuco.
En resumen, una acción voluntaria de aumento de cabida, que contrató a una egresada de derecho, derivó en un delito de usurpación, realizado por la familia Carrasco, utilizando un perito que no es tal, que mintió al tribunal, que hizo planos falsos, que no se notificó a Bienes Nacionales por estar involucrados predios fiscales, que fue contratado por las mismas empresas salmoneras para el loteo de esas tierras. Empresas que buscan el lucro a como dé lugar, por la vía de amenazas y engaños para conseguir los derechos de agua. Existe una perfecta coordinación entre las empresas salmoneras y la familia Carrasco, orientada a desprestigiar a nuestra familia a desacreditar a los testigos para que estos no declaren en las causas que están abiertas en la justicia.
FUENTE: CIPERCHILE
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