martes, 18 de junio de 2013

Ratifican condena contra Manuel Contreras y otros seis ex agentes DINA por desaparición y asesinato de mujer joven en 1974

17/06/2013 |
El ministro Alejandro Solís había determinado que la mujer fue detenida el 6 de agosto de 1974, en su domicilio, por los efectivos de la DINA Osvaldo Romo Mena y Basclay Zapata. Al ser nuevamente detenida por la DINA, Muriel Dockendorff fue conducida hasta el recinto ubicado en calle Londres N° 38, donde fue objeto de torturas, las que le provocaron grave daño físico, según declararon diversos testigos.
En fallo dividido, los ministros Mauricio Silva, Juan Antonio Poblete y la abogada integrante, Mariana de la Puente, confirmaron la sentencia dictada por el magistrado especial, en contra de 6 ex agentes de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
Los condenados son el ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, y 2 de sus principales colaboradores, Miguel Krassnoff Marchenko y Marcelo Moren Brito, sentenciados a 15 años de presidio sin beneficios. En tanto, los ex agentes Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Orlando Manzo Durán, a 10 años.
En el aspecto civil se rechazó la demanda presentada por los familiares de la víctima por incompetencia del tribunal.
La resolución determina que todos los antecedentes son suficientemente contundentes, que constituyen presunciones graves, precisas y concordantes, que permiten tener como acreditada la participación de cada uno de los procesados en el secuestro de Muriel Dockendorff, dice la sentencia.
El ministro Solís había determinado que la mujer fue detenida el 6 de agosto de 1974, en su domicilio, por los efectivos de la DINA Osvaldo Romo Mena y Basclay Zapata. Al ser nuevamente detenida por la DINA, Muriel Dockendorff fue conducida hasta el recinto ubicado en calle Londres N° 38, donde fue objeto de torturas, las que le provocaron grave daño físico, según declararon diversos testigos.
Posteriormente fue llevada a "Cuatro Álamos", junto a la testigo Erica Hennings, lugar donde se pierde su rastro hasta la fecha, sin que la persona privada de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos del Estado, sin registrar entradas o salidas del país y sin que conste, tampoco, su defunción.
La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro suplente, Juan Poblete, quien fue partidario de aplicar la media prescripción y rebajar la sanción a los involucrados.
 
FUENTE: CAMBIO 21

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