miércoles, 29 de junio de 2011

Ley Antiterrorista, baldón para Chile



CONOCIDO el fallo de la Corte Suprema que condenó a los mapuches, se inició una marcha de protesta hasta La Moneda que fue disuelta con violencia por carabineros.
En Chile, el Estado vulnera los derechos humanos mediante la Ley Antiterrorista, promulgada por la dictadura militar para controlar la oposición al régimen y que los gobiernos de la Concertación mantuvieron con similar propósito. En este momento, cuatro comuneros mapuches sufren el rigor de esa ley y protestan con una dramática huelga de hambre por las injustas condenas que les han aplicado. El denominado “caso bombas”, por otra parte, en el que catorce jóvenes fueron imputados por la colocación de artefactos explosivos, demuestra que la aplicación de esa ley de excepción constituye una violación al debido proceso y que se utiliza para criminalizar la protesta social.
Así lo aseguran el presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, el abogado Gonzalo Taborga Molina, vicepresidente del Partido del Socialismo Allendista e integrante del Movimiento Amplio de Izquierda (Maiz); y el ex vicario de la Pastoral Obrera y de la Pastoral Social, monseñor Alfonso Baeza Donoso, activo defensor de los derechos humanos en nuestro país.
Para Taborga, “un aspecto importante que muestra el grado de descomposición del Estado de derecho a partir de la forma como se hace la política gubernamental, está en que las reivindicaciones políticas y territoriales del pueblo mapuche nunca se resuelven por vía de la negociación, siempre terminan en los tribunales”.
Monseñor Baeza, a su vez, afirma que “la situación de los derechos humanos en Chile es precaria, en particular por los procesos con la Ley Antiterrorista, que vulnera el debido proceso y los derechos fundamentales que contempla la Constitución Política, además de transgredir normas internacionales sobre derechos humanos”.
Mapuches demandan juicio justo
Monseñor Alfonso Baeza asegura que “la aplicación de la Ley Antiterrorista ha puesto en evidencia la discriminación que sufre el pueblo mapuche. A los cuatro comuneros condenados, la Ley Antiterrorista les fue aplicada durante el proceso investigativo y en el desarrollo del juicio oral en Cañete, por lo que no tuvieron debido proceso”.
Tras dos años en prisión preventiva y tres meses de juicio oral, el tribunal de Cañete absolvió a trece de los comuneros mapuches, dictando sentencia condenatoria contra cuatro miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco por delitos comunes. Sin embargo, a lo largo del proceso, el Ministerio Público se valió de procedimientos de la Ley Antiterrorista, como  las declaraciones de una treintena de “testigos sin rostro”, para acusar a los mapuches. Asimismo, desconociendo un acuerdo tomado en una mediación con  la Iglesia Católica, que puso fin a una huelga de hambre de 86 días, el Ministerio Público no se desdijo explícitamente de la utilización de la Ley Antiterrorista.
El ex vicario de la Pastoral Obrera señala que “la Ley Antiterrorista permite la prisión preventiva en las peores condiciones, mientras dura la investigación. El Ministerio Público puede comprar testimonios, interferir comunicaciones y suprimir el derecho a la presunción de inocencia. Hay denuncias respecto a que delincuentes condenados por narcotráfico fueron inducidos a declarar contra los mapuches mediante la promesa de disminuir sus condenas u obtener beneficios penitenciarios”.
El sacerdote asegura que “la penalidad de la Ley Antiterrorista es tres o cuatro veces más dura que en la justicia penal. Esto ha quedado claro en casos de violaciones de los derechos humanos por crímenes de lesa humanidad perpetrados por militares. Ellos han sido procesados por la ley común; incluso algunos gozan de pena remitida. Esos crímenes de lesa humanidad son tan graves que no se comparan con un robo de madera o el supuesto intento de atacar a un fiscal, por los cuales los comuneros mapuches fueron condenados”.
Gonzalo Taborga enfatiza que la condena de los cuatro mapuches -confirmada parcialmente por la Corte Suprema- pretende silenciar a “los mejores representantes del pueblo mapuche en su demanda por la recuperación de su territorio histórico, usurpado por el Estado y particulares chilenos”.
El Estado -agrega- tiene la obligación de respetar los tratados internacionales suscritos, como el Convenio 169 de la OIT, la declaración de la ONU sobre derechos de los pueblos indígenas, etc., y debe poner fin a la represión contra los dirigentes mapuches. El abogado Taborga,  junto a representantes políticos y sociales, se reunió hace algún tiempo con el presidente de la Corte Suprema, Milton Juica, para manifestarle su preocupación por el caso de los comuneros mapuches.
El ministro Milton Juica también criticó la Ley Antiterrorista porque -aseguró- no guarda relación con un Estado democrático, y “debiera ser modificada y atenuada en sus efectos, asegurando el debido proceso”. En opinión de ese magistrado, debe ser modificada por el Parlamento. Monseñor Baeza también señala: “Si hay leyes injustas, las sentencias también serán injustas. Por eso es urgente movilizar a los legisladores y partidos políticos para que se jueguen en defensa de los derechos humanos y modifiquen de una vez  la Ley Antiterrorista”.
La Concertación y el terrorismo de Estado
La Ley Antiterrorista se promulgó durante la dictadura militar, pero fueron las reformas que se introdujeron durante el gobierno de Patricio Aylwin las que permitieron utilizarla contra el pueblo mapuche. Los juristas de la dictadura militar habían tratado el terrorismo como un delito político e ideológico. Pero las reformas de Aylwin eliminaron sus connotaciones políticas y lo tipificaron simplemente como un delito violento, gravísimo, contra las personas. (1)
A partir de la década de 1990, las comunidades mapuches iniciaron ocupaciones de territorios ancestrales usurpados por el Estado. Para reprimir ese movimiento, el gobierno aplicó la Ley de Seguridad Interior. Luego, frente a la quema de algunos predios forestales y la ocupación de tierras, los presidentes Lagos y Bachelet recurrieron a la Ley Antiterrorista.
Para el presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, Gonzalo Taborga, “el terrorismo de Estado se desarrolló al interior del régimen militar, que necesitaba gobernar por el temor. Durante los gobiernos de la Concertación subsistieron elementos del terrorismo de Estado, como la represión a los mapuches y a las demandas sociales  en los centros urbanos”. Agrega Taborga que esta situación la fomentó el modelo económico neoliberal, al generar un colosal endeudamiento que sirvió de base de la judicialización de la protesta social.
Gonzalo Taborga afirma que “Ricardo Lagos introdujo el concepto de represión sobre la base de la judicialización, pero quien le dio brío con violencia institucionalizada proveniente del Ministerio del Interior, fue el gobierno de Michelle Bachelet. Durante su administración se registraron los mayores índices de represión masiva y se militarizó la Región de La Araucanía”. Monseñor Baeza agrega que “la principal responsabilidad de la Concertación es no haber derogado la Ley Antiterrorista, como correspondía”.
Piñera y su estilo
represor
Monseñor Baeza asegura que “en cualquier momento una protesta social de algún grado de violencia, llevará al gobierno a recurrir a la Ley Antiterrorista. Si esto ocurre, se esfumarán una cantidad de derechos de las personas. Con el ambiente que existe contra el proyecto HidroAysén, temo que el gobierno intente convertir esa movilización en una pretendida ‘acción terrorista’ para criminalizar la protesta ciudadana”. Para monseñor Baeza, “la lógica del gobierno responde al eslógan de campaña: ‘A los delincuentes se les acabó la fiesta’, que anunciaba un régimen que terminaría con la ‘puerta giratoria’ de los tribunales. La principal meta de este gobierno es el crecimiento económico, sin distribución de la riqueza ni justicia social. Eso requiere políticas de seguridad basadas en una represión institucionalizada”.
El abogado Gonzalo Taborga añade que “el gobierno de Piñera es, efectivamente, otro gobierno de la Concertación. Respecto a la política de privatizaciones de la Concertación, la actual administración está haciendo lo mismo con una pachorra insensible a los reclamos. Cuando existe protesta, no la escuchan y nadie la conoce porque nada se publica”.
“Caso bombas” recuerda a la dictadura
El ex vicario de la Pastoral Social, monseñor Baeza, reitera su denuncia respecto al montaje, en el “caso bombas”. “Me reuní -dice- con los jóvenes imputados. Ellos fueron interrogados en tiempos del ex fiscal Xavier Armendáriz y quedaron en libertad por falta de méritos. Pero luego, esas mismas personas fueron procesadas por el fiscal Alejandro Peña, actual funcionario del Ministerio del Interior. Cuando existe impunidad, los agentes del Estado pueden hacer lo que quieran,  fabricar un montaje y hasta colocar bombas. La Ley Antiterrorista permite comprar ‘testigos’ y presentarlos encubiertos. Con dos o más ‘testigos’ se puede lograr una sentencia”. El sacerdote  asevera que el gobierno debe “pedir perdón por haber calificado de terroristas a estas personas sin someterlas a juicio justo, y haciendo un montaje para justificar esas arbitrariedades”.
En el mismo sentido, el abogado Taborga señala que “estos hechos me recuerdan a la Dina y a la CNI. Si el ‘caso bombas’ no fuera un montaje, los jóvenes procesados serían unos aprendices chapuceros de terroristas, porque no saben siquiera armar una bomba de verdad”.
De hecho, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha llamado la atención al gobierno de Chile por la vaguedad de la definición de terrorismo en nuestra legislación, lo que permite que la Ley Antiterrorista sea invocada en múltiples situaciones de conflictividad social.
Monseñor Baeza asegura que, además, “el duopolio de la prensa maneja la información conforme a sus intereses. En la cobertura periodística del caso de los cuatro mapuches en huelga de hambre y en el ‘caso bombas’, el abultamiento de supuestos delitos ha sido tremendo. La manipulación de la información permite que quienes reclaman justos derechos aparezcan como violentistas”
ISABEL DIAZ MEDINA
(1) “Indebido proceso: los juicios antiterroristas, los tribunales militares y los mapuches en Chile”, Human Right Watch (2004).

(Publicado en “Punto Final”, edición Nº 735, 10 de junio, 2011)
punto@tutopia.com
www.puntofinal.cl
www.pf-memoriahistorica.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario