domingo, 22 de marzo de 2015

Abogado Enrique Aldunate afirma: "Dadas la penas actuales, los políticos involucrados no perderán sus escaños"

22/03/2015 |
Por Mario López M.
No parece factible que un parlamentario comprometido en los casos de financiamiento ilícito pierda su escaño. “Si la pena llega a los tres años y se consideran los atenuantes, no se constituiría en pena aflictiva y por lo mismo seguiría en su puesto”, dice el abogado querellante por el PS en el caso Penta-UDI .
Enrique Aldunate es un abogado joven cuyo rostro se ha hecho conocido como el querellante en el Caso Penta-UDI que representa al PS. Cursó sus estudios en la Universidad de Valparaíso, donde además desarrolla actividades académicas. Es autor de publicaciones en Chile y el extranjero y se desempeña como asesor legislativo en la Cámara de Diputados y el Senado con una participación permanente en calidad de asesor en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Más allá del Caso Penta, analizó junto a Cambio21 la denominada "arista política".

- Recientemente, la abogada que destapó el caso FUT, Marisa Navarrete, sostuvo que la denominada arista política podría quedar en nada, puesto que el SII no habría presentado la denuncia o querella que permitiera al Ministerio Público iniciar la investigación. ¿Está de acuerdo con esa visión?

-Efectivamente, ella fue la que generó las primeras denuncias... En cuanto al fondo, la imputación de los políticos dice relación con una especial modalidad del delito tributario, que es la facilitación de boletas (ideológicamente falsas, pues no se prestó el servicio que da cuenta y los montos millonarios tienen en realidad otro destino que el pago de un servicio), a objeto de que estas sirvan de base para la ejecución de otro delito tributario, como rebajar la base imponible del impuesto o eventualmente posibilitar que ello ocurra, según lo señalado en la norma tributaria.

- Pero en concreto, ¿quedan fuera de la investigación?

-En el Caso Penta, ha existido imputación e investigación a su respecto. Recordemos que cuando se hacen las primeras denuncias de todas estas situaciones, ellas permitieron que se pudiesen efectuar algunas diligencias, entre ellas incautaciones y citaciones a declarar como los casos de Jovino Novoa o Andrés Velasco, por ejemplo. Ello se ha ido dando y se dará en la medida en que se alleguen nuevos antecedentes.

- Bajo la lógica que expuso la Presidenta del "caiga quien caiga", ¿qué pasa con Soquimich y que se haya acotado sólo al 2009 la investigación?

-Efectivamente, se encuentra todavía en veremos la situación de Soquimich, en que la Fiscalía está recabando antecedentes y solicitando la entrega voluntaria por parte de esa empresa, a lo que se ha opuesto. También el fiscal Gajardo instruyó a Investigaciones para que interrogue a todas las personas que aparecen en la nómina que trascendió a la prensa y correspondiente a boletas sospechosas en el periodo 2009. Solo luego de cumplirse entre otras esas diligencias, el SII determinará, supongo, si se va a querellar o no, y lo hará, siempre que la línea investigativa arroje datos concretos, cumpliéndose un estándar, que dé plausibilidad a las imputaciones que se puedan formular.

- De acuerdo, pero parece sospechoso que sólo se limite al 2009 y no a otros años.

-Lo del año 2009 dice relación con una situación concreta, que vincula a una de las imputadas, la cuñada del señor (Pablo) Wagner, con una boleta emitida a esta empresa en julio de ese año. Ello ha acotado el tema a ese solo periodo, sin perjuicio de ampliarse si así aparece razonable de acuerdo a los antecedentes.

- Una cosa es la irritación que el caso Penta ha generado en la gente, entre otros en contra de parlamentarios que aparecen involucrados, y una distinta es la sanción penal que puedan recibir. En abstracto, ¿irán a la cárcel si son declarados culpables?

-La situación de aquellos que emitieron boletas por servicios no prestados y por montos que no fue a sus bolsillos, salvo la devolución de impuestos (10%) y la de aquellos que instigaron la entrega de boletas o la acordaron, debe analizarse caso a caso. Lo mismo la situación de cohecho.

"En abstracto y de acuerdo a la norma vigente, esto es el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario, se castiga a aquel que facilitare boletas, sean falsas derechamente o ideológicamente falsas (con timbre verdadero) y que lo haga con la finalidad de que facilite la ejecución de un delito tributario u otro ilícito. Eso tiene una pena que en abstracto llega hasta los 3 años (presidio menor en su grado medio).

"Los políticos que entregaron boletas de terceros, también podrían quedar bajo esa figura, pues habría que determinar si hubo una suerte de instigación, acuerdo u otra modalidad. Lo anterior sin perjuicio de un delito de cohecho, si es que estaba en el ejercicio o electo como parlamentario cuando pidió o recibió dinero, pues lo que se buscaba era ciertamente un beneficio que era el apoyo económico".

- Pero más allá de lo técnico, ¿perderían su escaño, lo que requiere condena a pena aflictiva?, ¿hay cárcel para ellos?

-Ni en abstracto ni en concreto parece factible que un actual parlamentario pierda su escaño, pues si la pena llega a los tres años y además deben sumarse los atenuantes, no se constituiría en pena aflictiva y por lo mismo seguiría en su puesto. Y además podría no aplicarse aquí la regla de la reiteración (aplicada en el caso Penta), toda vez que para que exista debe tratarse de conductas delictivas desplegadas en más de un año tributario.

"Por último, si se les condenara (en principio -aclara-), por delito tributario y cohecho, aun así podrían no cumplir pena de cárcel efectiva. Generalmente se parte cumpliendo la que resulta más grave y una vez cumplida se discute si se aplica la otra o si se entiende que ha sido absorbida por la primera. Es materia de discusión. Aunque la situación de Jovino Novoa, dada la particularidad de delitos que se le imputan y su reiteración, podría ser más complicada, por ahora".

- Luego de la sentencia de la Corte, ¿caben recursos en contra de ella?

-Técnicamente no, sin embargo es posible que la defensa de los formalizados y presos recurran de amparo ante la Corte Suprema, reclamando la sentencia por ser presuntamente ilegal y arbitraria. Pero la procedencia de eso es discutible, pues transforma al tribunal supremo en instancia.



FUENTE: CAMBIO 21

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