sábado, 31 de octubre de 2015

Algunas dudas sobre cartel del papel higiénico y las servilletas

 Publicado el 31 Octubre 2015
 ESCRITO POR ERNESTO BENADO*

La unidad  anti carteles de la Fiscalía Nacional Económica creada hace dos años está empezando a dar frutos  y esos frutos los obtiene en parte por su sola presencia y otra parte por su acción directa.


Sólo así se explica  que el gran cartel de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones (CMPC) del grupo Matte y  de PISA ex grupo Ruiz Tagle y actualmente del grupo sueco SCA haya estado en operación desde el 2000 y solo esté bajo investigación desde Diciembre del 2014  y recién en marzo del 2015  se produce la auto denuncia de la CMPC o lo que también se llama delación compensada.
Dos aspectos en la investigación  llaman la atención  y seguramente van a ser aclaradas en el proceso ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el cual CONADECUS , la Asociación de Consumidores va a hacerse parte.
La profusión de información conocida a través de la prensa, con correos, lugares de encuentro, palabras claves, nombres  de directivos involucrados, etc., ¿tuvo su origen en la propia CMPC. que guardó un riguroso  archivo con esos detalles, o tuvo su origen en una filtración desde la empresa hacia la FNE, o desde la FNE hacia  los involucrados? .Porque si la filtración  salió desde la FNE y provocó la delación compensada de la CMPC, se trataría del encubrimiento de un delito favoreciendo a una de las más grandes empresas chilenas.
El otro aspecto sorprendente y que muestra la debilidad de la ley chilena que resguarda la libre competencia es el  monto de la multa solicitado por la FNE.( US 23,3 millones) y que aparentemente sería el máximo legal contemplado.
El valor de mercado  de los productos en que se habría hecho la colusión de precios y de distribución de las mercaderías se estima en US$500 millones al año. Para que una colusión ilegal se haya llevado a cabo, iniciándose cuando el delito era penado con prisión, debería por lo menos haber significado  un aumento de la rentabilidad  anual de un 5%  sobre  las utilidades  producidas en un régimen de libre competencia. ¿Quién arriesgaría ir a prisión por menos?
Y ese 5% aplicado sobre las ventas totales, suma a grosso modo  US25 millones al año, o $250 millones en los 10 años en que parece que rigieron los acuerdos ilegales .Esa cantidad fue extraída  de los bolsillos de los consumidores chilenos y  la ley actual no es ni clara ni precisa sobre cómo y cuándo se les devolverá a los consumidores.
Para empezar deberá haber una sentencia  del Tribunal de Defensa la Libre Competencia  en la que se  prueben los delitos y se apliquen las multas propuestas. A continuación se abre la posibilidad  que el Sernac, una Asociación de Consumidores  o un grupo de consumidores afectados  inicie una demanda colectiva pidiendo que se les indemnice  por los daños sufridos  y aquí  viene la parte más problemática, la legislación actual  no admite las demandas difusas, sino que exige que cada consumidor afectado pruebe  el daño sufrido  mostrando los comprobantes de adquisición de los productos. ¿Habrá alguien que los guardó?
Hasta el momento no existe ninguna propuesta en el laborioso proyecto de ley que robustece al SERNAC,  que implique  que en las demandas colectivas se pueda  apreciar el daño causado al grupo de consumidores afectados, y el juez pueda ordenar que se les devuelva, al grupo, lo que se les cobró en exceso. Tal vez este  afrentoso caso de un cartel que funcionó durante más de una década sin ser ni detectado ni investigado pueda originar una modificación legal  que indemnice  en forma rápida a los consumidores .
29/10/2015
*Director de CONADECUS

FUENTE: EL CLARIN

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