miércoles, 29 de abril de 2015

Luego de que se revelara el contenido del Decreto 39 del Ministerio de Economía

Gobierno retrocede y anuncia cambio a reglamento sobre consentimiento expreso que dejaba fuera a bancos

El ministerio informó esta tarde que modificará la redacción del reglamento –ingresado a Contraloría el 17 de abril pasado– para asegurar una “correcta interpretación de la norma”.
Una ajetreada jornada tuvo el gobierno este miércoles luego queEl Mostrador Mercados revelara el contenido del Decreto 39 del Ministerio de Economía, que regulaba vía reglamento la forma en que el sector financiero debe obtener el consentimiento de sus clientes para modificar las condiciones de un contrato.
En su artículo 3, el reglamento –que fue ingresado el pasado 17 de abril a Contraloría con la firma del titular de Economía, Luis Céspedes; de Hacienda, Alberto Arenas, y de la Presidenta Michelle Bachelet– dejaba fuera de su perímetro regulatorio a los bancos en sus productos cuenta corriente y líneas de crédito asociadas, además de cuentas vista.
Junto con ello, también dejaba fuera la estipulación y modificaciones de las tasas de interés aplicables en las operaciones de crédito de dinero a que dieran lugar los contratos.
Fuentes de Gobierno señalaron el martes que la redacción del reglamento no dejaba fuera a los bancos sino que sólo permitía cubrir casos específicos en que los bancos necesitan terminar contratos por giro doloso de cheques o actividades irregulares detectadas por dichas entidades.
Sin embargo, diversos abogados y especialistas del ámbito de los derechos de los consumidores advirtieron que el reglamento no sólo es poco claro, sino también, advirtieron que abiertamente quitaba el piso a la preeminencia de la Ley del Consumidor y el rol del Sernac, abriendo nuevamente la puerta para que la Sbif asumiera algún rol en estas materias, que ya había sido derogado por la propia entidad en 2013.
Diversas fuentes vinculadas al gobierno indicaron que el Ministerio de Economía analizó la situación, pues no sólo el retail reclamó por la discriminación al dejar fuera de la normativa a la banca, sino también los representantes de asociaciones de consumidores, como Conadecus, la cual de hecho, según fuentes cercanas, planeaba impugnar el reglamento ante el Tribunal Constitucional, al igual como lo hizo con el que emitió la administración de Piñera a fines de 2013, el que en marzo de 2014 el gobierno de Bachelet derogó.
Aún más, según las fuentes, el reglamento tampoco sería del gusto del Sernac, aunque su director Ernesto Muñoz, no quiso referirse al tema ni ayer ni hoy con este medio, pues el responsable de elaborar el reglamento es Economía.
Esta tarde y frente a diversas consultas que le hicieron los medios, la cartera que dirige Céspedes envió un comunicado. En él asegura que el reglamento sí cubre a la banca, aunque al final del mismo informa que hará modificaciones para evitar malas interpretaciones.
“El Reglamento es aplicable a la celebración, modificación o término de contratos de adhesión de productos y servicios en todas las industrias financieras y no exceptúa a ninguna. Por ejemplo, para modificar sus comisiones y realizar otros ajustes a los contratos, los bancos así como otras industrias deberán recabar el consentimiento de los consumidores a través de los medios que plantea el Reglamento… El Reglamento reconoce la existencia de leyes especiales en materia de los contratos de cuenta vista, cuenta corriente bancaria y sus líneas de crédito asociadas para resguardar las facultades de los proveedores en casos específicos. Esto norma apunta a situaciones tales como que la apertura de estos productos se realice en forma presencial y con documentos de respaldo; y a que el proveedor pueda aplicar restricciones a la operación con algún producto en caso de fraude llevado a cabo por el consumidor, como por ejemplo en el caso de giro doloso de cheques. En todos los demás casos, primará lo establecido en el Reglamento”, explicó el Ministerio.
Finalmente, la cartera adelanta que realizará cambios a la norma. “El Ministerio ha resuelto perfeccionar la redacción de esta última materia con el objeto de garantizar una correcta interpretación de la norma. Para ello, se precisará en el texto del Reglamento cuáles son las situaciones afectas a leyes especiales que regulan a la industria bancaria”, señala.
No está claro si para realizar los cambios Céspedes retirará el reglamento de Contraloría, entidad que tiene 15 días hábiles para la toma de razón o hacer alcances.

FUENTE: EL MOSTRADOR

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