Celestino Córdova es condenado a 18 años de cárcel
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco entregó esta tarde la sentencia para la autoridad religiosa mapuche, el único condenado por la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay. Mientras que desde La Moneda anunciaron que esperaban una pena mayor, la defensa adelantó que apelará a la resolución.
El machi Celestino Córdova fue condenado este viernes a 18 años de presidio mayor en grado máximo, por el delito de incendio con resultado de muerte.
La determinación fue tomada por mayoría por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, que analizó la causa por el crimen de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, ocurrido el 4 de enero de 2013 en Vilcún.
La lectura de sentencia contó con la asistencia de familiares del matrimonio y representantes de comunidades indígenas. Desde antes de la audiencia, más de un centenar de efectivos policiales se encontraban en los alrededores del centro de justicia.
Cabe recordar que la parte querellante pedía presidio perpetuo para Celestino Córdova, lo que no fue acogido por el tribunal.
Luego de la audiencia, el abogado defensor Pablo Ortega sostuvo que “lo importante es que se determine la inocencia. Esta sentencia se entiende en el sentido de que Celestino Córdova no fue condenado por ser autor material de los hechos, sino por ser una persona que eventualmente cooperó o conoce a quienes estaban en ese momento”.
En ese sentido, el jurista explicó que, luego de estudiar la sentencia, intentará revertir la condena: “En virtud de esos antecedentes recién vamos a establecer qué tipo de causales vamos a recurrir ante los tribunales superiores. Están abiertas todas las opciones, tanto en la Corte de Apelaciones de Temuco como en la Suprema. Eso estará determinado cuando estudiemos y evaluemos la sentencia en su integridad”, adelantó.
Asimismo, la vocera Kelv Tranamil adelantó que se pedirá la nulidad del juicio y consideró que “esta condena política es una más en el contexto de la criminalización que el Estado ha hecho a las justas demandas del pueblo mapuche”.
“No es satisfactorio en ningún caso que el machi tenga que pagar cárcel cuando no ha habido un juicio justo. Sin embargo, continuamos firmes en respaldarlo y confiados en que se pueda anular el juicio, para que se realice uno justo”, añadió.
En esa línea, Tranamil sostuvo que Celestino Córdova “se encuentra asumiendo la prisión política porque es un machi de una comunidad que está en lucha y siempre ha manifestado su respaldo al proceso de recuperación territorial”.
Desde La Moneda, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, dijo que: “Dada la gravedad de delito, esperábamos una pena mayor”. Sin embargo, destacó que la sentencia impuesta está “dentro de los rangos más altos” que contempla la ley chilena: ”Aspirábamos a más. Creemos que en justicia correspondía, que existían los instrumentos jurídicos para una pena mayor, pero estamos frente a una condena a 18 años de presidio efectivo, que está dentro de los rangos más altos que contempla la legislación penal”, dijo Chadwick.
El ministro agregó que el equipo jurídico del Gobierno “va a estudiar con detenimiento los fundamentos, los razonamientos que han tenido los jueces para determinar esta pena”. Para luego evaluar si procede o no un recurso de nulidad.
Así mismo, el abogado del ministerio del Interior, Luis Hermosilla, se manifestó “conforme” con la decisión, pero no descartó pedir la nulidad del juicio: “Siempre es posible interponer el recurso, pero la sentencia tiene más de 150 páginas y hay que estudiarla con detalle y ver cómo razonó el tribunal para llegar a las conclusiones que llegó”.
En tanto, el fiscal regional Cristián Paredes destacó que “se ha obtenido una sentencia condenatoria por un delito especialmente complejo de acreditar. Recordemos que estamos en presencia de un incendio con resultado de muerte, uno de los delitos más graves en cuanto a penalidad que contempla nuestro ordenamiento jurídico. En segundo término, la pena es de 18 años de cumplimiento efectivo, sin posibilidad de optar a beneficios alternativos. Por tanto, nos parece que a lo menos en parte se condice con la gravedad del mal causado a las víctimas”.
El pasado jueves, los jueces Luis Sarmiento, Óscar Viñuela y Juan Santana determinaron que se acreditó la participación de Celestino Córdova en el ataque, Sin embargo, desestimaron que se tratara de un delito de carácter terrorista, como solicitaban el ministerio del Interior y la Fiscalía.
Asimismo, el tribunal decidió la absolución por los delitos que se le imputaban respecto del incendio del fundo Santa Isabel, ocurrido en diciembre de 2012.
FUENTE; RADIO U. DE CHILE
La determinación fue tomada por mayoría por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, que analizó la causa por el crimen de Werner Luchsinger y Vivian Mackay, ocurrido el 4 de enero de 2013 en Vilcún.
La lectura de sentencia contó con la asistencia de familiares del matrimonio y representantes de comunidades indígenas. Desde antes de la audiencia, más de un centenar de efectivos policiales se encontraban en los alrededores del centro de justicia.
Cabe recordar que la parte querellante pedía presidio perpetuo para Celestino Córdova, lo que no fue acogido por el tribunal.
Luego de la audiencia, el abogado defensor Pablo Ortega sostuvo que “lo importante es que se determine la inocencia. Esta sentencia se entiende en el sentido de que Celestino Córdova no fue condenado por ser autor material de los hechos, sino por ser una persona que eventualmente cooperó o conoce a quienes estaban en ese momento”.
En ese sentido, el jurista explicó que, luego de estudiar la sentencia, intentará revertir la condena: “En virtud de esos antecedentes recién vamos a establecer qué tipo de causales vamos a recurrir ante los tribunales superiores. Están abiertas todas las opciones, tanto en la Corte de Apelaciones de Temuco como en la Suprema. Eso estará determinado cuando estudiemos y evaluemos la sentencia en su integridad”, adelantó.
Asimismo, la vocera Kelv Tranamil adelantó que se pedirá la nulidad del juicio y consideró que “esta condena política es una más en el contexto de la criminalización que el Estado ha hecho a las justas demandas del pueblo mapuche”.
“No es satisfactorio en ningún caso que el machi tenga que pagar cárcel cuando no ha habido un juicio justo. Sin embargo, continuamos firmes en respaldarlo y confiados en que se pueda anular el juicio, para que se realice uno justo”, añadió.
En esa línea, Tranamil sostuvo que Celestino Córdova “se encuentra asumiendo la prisión política porque es un machi de una comunidad que está en lucha y siempre ha manifestado su respaldo al proceso de recuperación territorial”.
Desde La Moneda, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, dijo que: “Dada la gravedad de delito, esperábamos una pena mayor”. Sin embargo, destacó que la sentencia impuesta está “dentro de los rangos más altos” que contempla la ley chilena: ”Aspirábamos a más. Creemos que en justicia correspondía, que existían los instrumentos jurídicos para una pena mayor, pero estamos frente a una condena a 18 años de presidio efectivo, que está dentro de los rangos más altos que contempla la legislación penal”, dijo Chadwick.
El ministro agregó que el equipo jurídico del Gobierno “va a estudiar con detenimiento los fundamentos, los razonamientos que han tenido los jueces para determinar esta pena”. Para luego evaluar si procede o no un recurso de nulidad.
Así mismo, el abogado del ministerio del Interior, Luis Hermosilla, se manifestó “conforme” con la decisión, pero no descartó pedir la nulidad del juicio: “Siempre es posible interponer el recurso, pero la sentencia tiene más de 150 páginas y hay que estudiarla con detalle y ver cómo razonó el tribunal para llegar a las conclusiones que llegó”.
En tanto, el fiscal regional Cristián Paredes destacó que “se ha obtenido una sentencia condenatoria por un delito especialmente complejo de acreditar. Recordemos que estamos en presencia de un incendio con resultado de muerte, uno de los delitos más graves en cuanto a penalidad que contempla nuestro ordenamiento jurídico. En segundo término, la pena es de 18 años de cumplimiento efectivo, sin posibilidad de optar a beneficios alternativos. Por tanto, nos parece que a lo menos en parte se condice con la gravedad del mal causado a las víctimas”.
El pasado jueves, los jueces Luis Sarmiento, Óscar Viñuela y Juan Santana determinaron que se acreditó la participación de Celestino Córdova en el ataque, Sin embargo, desestimaron que se tratara de un delito de carácter terrorista, como solicitaban el ministerio del Interior y la Fiscalía.
Asimismo, el tribunal decidió la absolución por los delitos que se le imputaban respecto del incendio del fundo Santa Isabel, ocurrido en diciembre de 2012.
FUENTE; RADIO U. DE CHILE
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