jueves, 24 de agosto de 2017

EXCLUSIVO: El peritaje psicológico de Juan Emilio Cheyre

P. Campos y G. Castillo |Jueves 24 de agosto 2017 20:30 hrs.
juan emilio cheyre
Diario y Radio Universidad de Chile tuvo acceso exclusivo a las pericias psiquiátricas presentenciales realizadas tanto por Gendarmería como por el Servicio Médico Legal (SML) al ex comandante en jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre, en el marco de la investigación del capítulo La Serena del caso Caravana de la Muerte, realizados en agosto y octubre de 2016 al momento de ser detenido el ex uniformado.
Fue exactamente el 7 de julio de 2016 cuando el Juez de la Corte de Apelaciones de Santiago, Ministro Mario Carroza, ordenó la detención y procesamiento del ex Comandante en Jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre y 8 oficiales más, en el marco del caso “Caravana de la muerte”, capítulo La Serena.
SI bien Cheyre obtuvo la libertad bajo fianza -previo pago de un millón de pesos- nuevos antecedentes y testimonios, llevaron al Juez Carroza, el pasado 27 de abril -a 9 meses de iniciado el proceso- a dictar acusación en contra de Cheyre y otros 15 ex oficiales por su responsabilidad en el secuestro y homicidio de 15 personas.
La convicción de Carroza -quien ya dictó acusación bajo el antiguo proceso penal- se funda en la investigación desarrollada, teniendo a mano una serie de testimonios, documentos y otros antecedentes, anticipando de paso, en conversación con este medio, “que antes de fin de año dictará sentencia”.
Entre los antecedentes está el peritaje psicológico que Carroza instruyó realizar a Cheyre, en el marco de establecer la salud mental del procesado y evaluar, según determine la sentencia, el perfil de este en relación al curso del proceso.
Diario y Radio Universidad de Chile tuvo acceso exclusivo a las pericias psiquiátricas presentenciales realizadas tanto por Gendarmería como por el Servicio Médico Legal al ex comandante en jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre, en el marco de la investigación del capítulo La Serena del caso Caravana de la Muerte, realizados en julio de 2016 al momento de ser detenido el ex uniformado.
Los peritajes solicitados por el ministro en visita que lleva el caso buscaban determinar las condiciones físicas y mentales del procesado, quien fuera acusado en abril pasado por el magistrado en su calidad de cómplice de la muerte de 15 personas en el Regimiento Arica de la capital de la Región de Coquimbo, durante el paso de la comitiva liderada por el general Sergio Arellano Stark.
El informe del Servicio Médico Legal señala en sus conclusiones que Cheyre “no presenta sintomatología psiquiátrica que pudiere desde el punto de vista de su salud mental comprometer su capacidad para cumplir una pena que la ley sanciones con presidio o reclusión mayor en su grado máximo u otra superior”.
Por su parte, el informe de Gendarmería sostiene a solicitud de la corte sobre la posibilidad de una pena sustitutiva o de libertad vigilada “no sugiere la incorporación a la pena sustitutiva de libertad vigilada por considerarla ineficaz en el caso del evaluado”.
En tanto, en el informe de Gendarmería (N° de Oficio 2505-2016) se revelan elementos biográficos del ex oficial, así como de su carrera militar. El informe es claro que en Cheyre “no se observa (…) la presencia de un patrón antisocial”, e incluso señala que habiendo aplicado este mismo instrumento a otras cien personas “72 de ellas presentarían más características psicopáticas que el evaluado”.
sí señala aspectos interesantes respecto de su relato sobre la situación de procesamiento que está enfrentando, como que denota “la necesidad de hacer de manera reiterativa al carácter altruista de su vocación militar y en general de su desempeño Profesional, proyectando una imagen mejorada de sí mismo”.
Además, cuando se le consulta a Cheyre por su situación procesal y por qué se encuentra en esta condición judicial, lo explica “como una necesidad de los familiares de las víctimas de encontrar un responsable, siendo su figura propicia debido a lo mediático de su período como Comandante en Jefe del Ejército”.
No obstante, inmediatamente agrega que se debe también a la “animadversión” que su declaración del “Nunca más” -expresada en sus tiempos como comandante en jefe del Ejército como forma de enfrentar las violaciones a los derechos humanos en las que se involucró a la institución- , de personas que recluidas en la cárcel de Punta Peuco, desaprueban su condena a las violaciones de los derechos humanos a través de su declaración del ‘Nunca más’.
El ex comandante en jefe del Ejército recordó su participación en la Mesa de Diálogo, instancia que califica como una “experiencia vivencial tremenda, debido al contenido de la información a la que tiene acceso, no habiendo tenido contacto con esa realidad de manera previa debido a su carrera eminentemente militar, lo que habría cambiado su visión en cuanto a la dimensión de lo que él describe como la tragedia de Chile”.
En este peritaje se recuerda también que “si bien dentro de la familia no existen condenas”, sí existen dos personas que han sido procesadas judicialmente entre su familia política por causas de violaciones a los derechos humanos:” A su suegro el General Carlos Forestier por Homicidio Calificado, la que es sobreseída por su fallecimiento, y su concuñado por el delito de Homicidio”.
Justamente, el informe señala que Cheyre forma parte de un grupo familiar “con arraigo militar desenvolviéndose en un entorno que no se constituye en un agente de control social, sino que por el contrario refuerza creencias y valores castrenses radicalizados y abundantes en morigeraciones y justificaciones de conductas que han implicado algún tipo de transgresión”.
Este peritaje señala que el “consultado ante la posibilidad de haber actuado de manera diferente, reafirma y justifica la decisión de haber permanecido en el Ejército con posterioridad al episodio por el que se encuentra procesado, argumentación que reafirma la rigidez de su planteamiento y la escasa motivación de cambio”.
La conclusión de este informe es enfática al establecer que “el procesado presenta (…) una exacerbada percepción de autosuficiencia, tendencia a la manipulación y una negación y minimización de sus actos”:
“Atributos que interfieren por una parte, en su capacidad de conexión emocional y coherencia ideo afectiva con estos, y por otra, en la capacidad de presentar apertura frente a una intervención y la sujeción a un agente externo, lo que repercutiría en el impacto de una intervención en esta pena.
Existe en el evaluado una minimización de su participación en los hechos que le imputan, mostrando un exiguo proceso reflexivo, donde no visualiza como necesidad el abordar estas temáticas, sin darle mayor relevancia a los hechos, por los cuales está siendo procesado, observándose igual postura en su núcleo familiar, el cual valida y refuerza las apreciaciones cognitivas del referido, percibiéndose ante el procesamiento judicial como víctimas de una situación que carece de mérito, no logrando constituirse en una entidad que pueda reforzar positivamente un proceso de cambio”.
FUENTE: RADIO U. DE CHILE

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