REUNIÓN CON EL CONTRALOR GENERAL DE LA RÉPUBLICA PARA LA CO-OFICIALIZACIÓN DEL MAPUZUGUN
El Consejo Territorial de Galvarino en conjunto con la Red por los Dere...chos Educativos y Lingüísticos de Chile, comunica lo siguiente:
1. El día de hoy, 03 de abril, a las 12 hrs. Se llevará a cabo una reunión con el Sr. Ramiro Mendoza Zúñiga, Controlador General de la República (Teatinos 56 Santiago) para conversar sobre un Decreto de co-oficialización de la lengua mapuche en la comuna de Galvarino.
El Consejo Territorial de Galvarino en conjunto con la Red por los Dere...chos Educativos y Lingüísticos de Chile, comunica lo siguiente:
1. El día de hoy, 03 de abril, a las 12 hrs. Se llevará a cabo una reunión con el Sr. Ramiro Mendoza Zúñiga, Controlador General de la República (Teatinos 56 Santiago) para conversar sobre un Decreto de co-oficialización de la lengua mapuche en la comuna de Galvarino.
2. El consejo Territorial estará representado por las autoridades mapuche Manuel Curin; Rosa Collio. Oscar Quilaleo, Adrián Huaiquilao, Cristian Lincoñir, y Manuel Santander
Las razones que sustentan el reconocimiento del uso legal y co-oficial son:
a) La lengua es un derecho humano fundamental, constituye parte de la identidad de las personas, es un instrumento de la comunicación y de la transmisión de los saberes, conocimiento y valores (arte, ciencia, sentimientos etc.) y además constituye al pueblo y a su autonomía.
b) Los pueblos tienen el derecho a comunicarse en la lengua de la que se es hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado, en forma oral y/o escrita, en todas sus actividades. No pueden ser discriminación por razones lingüísticas en áreas como el trabajo, la seguridad social, la salud, la vida familiar, la educación, la vida cultural y la libertad de expresión.
c) Los descendientes de un pueblo indígena tienen el derecho a aprender, heredar y promover la lengua de sus padres, abuelos o antepasados pertenecientes al pueblo indígena del país, cualquiera sea.
d) Los Pueblos Indígenas tienen derecho a ser consultados de manera previa, informada y de buena fe y en sus lenguas, respecto de todas las medidas legislativas o administrativas que los órganos del Estado pretenda implementar en territorios indígenas y que vallan a afectarles directamente,
e) La comuna de Galvarino presenta un 69,13% de población mapuche (INE, 2013). En este espacio territorial los mapuche viven su cultura, usan su lengua y proyectan su desarrollo económico, social, político y cultural conforme a su cosmovisión. La comuna ha mantenido su organización tradicional junto a sus autoridades originarias.
f) Los derechos culturales y lingüísticos están reconocidos en La Declaración de ONU Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que establece políticas generales a adoptar por los Estado en materias de Derechos de Pueblos Indígenas. En el Convenio N° 169 de la OIT Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes que reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas. En La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, ambos Convenios están ratificados por Chile y que se encuentran vigentes en el Artículo 1°, inciso 4°, Artículo 4°, Artículo 5° inciso Segundo, Artículo 6° y 7°, Art. 19°, números 10°, 11° y N° 26 de la Constitución Política de la República de Chile. La Ley N° 19.253 (Ley Indígena) que establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollos de los Indígenas; En la Ley General de Educación, Ley N° 19.880 que reconoce la educación intercultural Bilingüe; La Ley N° 20.609 que Establece Medidas Contra la Discriminación; Decreto Supremo de Educación N° 280 de 2009 que modifica el Decreto Supremo de Educación Nº 40 e incorpora Objetivos fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para el Sector de Lengua indígena de 1° a 8° año de Enseñanza Básica; Ley N° 20.584 de 2012 que Regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en Relación con Acciones Vinculadas a su Atención en Salud. En también tiene vigencia la Convención Internacional de los Derechos de las y Los Niños, en su artículo 30, reconoce que los niños tiene el derechos de ser educados en la cultura y lengua de los padres.
Conforme al avance jurídico y político de comprensión de los derechos de los pueblos originarios, alentamos al Sr. Contralor y a las autoridades chilenas a avanzar en el reconocimiento de los derechos lingüísticos del pueblo mapuche y en particular que se decrete la co –oficialización del idioma mapuche en la comuna de Galvarino, IX Región.
Consejo Territorial de Galvarino la Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de Chile.
Santiago 03 de abril, 2014
Contacto 81562851 89589090
FUENTE: EL CIUDADANO
Las razones que sustentan el reconocimiento del uso legal y co-oficial son:
a) La lengua es un derecho humano fundamental, constituye parte de la identidad de las personas, es un instrumento de la comunicación y de la transmisión de los saberes, conocimiento y valores (arte, ciencia, sentimientos etc.) y además constituye al pueblo y a su autonomía.
b) Los pueblos tienen el derecho a comunicarse en la lengua de la que se es hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado, en forma oral y/o escrita, en todas sus actividades. No pueden ser discriminación por razones lingüísticas en áreas como el trabajo, la seguridad social, la salud, la vida familiar, la educación, la vida cultural y la libertad de expresión.
c) Los descendientes de un pueblo indígena tienen el derecho a aprender, heredar y promover la lengua de sus padres, abuelos o antepasados pertenecientes al pueblo indígena del país, cualquiera sea.
d) Los Pueblos Indígenas tienen derecho a ser consultados de manera previa, informada y de buena fe y en sus lenguas, respecto de todas las medidas legislativas o administrativas que los órganos del Estado pretenda implementar en territorios indígenas y que vallan a afectarles directamente,
e) La comuna de Galvarino presenta un 69,13% de población mapuche (INE, 2013). En este espacio territorial los mapuche viven su cultura, usan su lengua y proyectan su desarrollo económico, social, político y cultural conforme a su cosmovisión. La comuna ha mantenido su organización tradicional junto a sus autoridades originarias.
f) Los derechos culturales y lingüísticos están reconocidos en La Declaración de ONU Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas que establece políticas generales a adoptar por los Estado en materias de Derechos de Pueblos Indígenas. En el Convenio N° 169 de la OIT Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes que reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas. En La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, ambos Convenios están ratificados por Chile y que se encuentran vigentes en el Artículo 1°, inciso 4°, Artículo 4°, Artículo 5° inciso Segundo, Artículo 6° y 7°, Art. 19°, números 10°, 11° y N° 26 de la Constitución Política de la República de Chile. La Ley N° 19.253 (Ley Indígena) que establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollos de los Indígenas; En la Ley General de Educación, Ley N° 19.880 que reconoce la educación intercultural Bilingüe; La Ley N° 20.609 que Establece Medidas Contra la Discriminación; Decreto Supremo de Educación N° 280 de 2009 que modifica el Decreto Supremo de Educación Nº 40 e incorpora Objetivos fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para el Sector de Lengua indígena de 1° a 8° año de Enseñanza Básica; Ley N° 20.584 de 2012 que Regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en Relación con Acciones Vinculadas a su Atención en Salud. En también tiene vigencia la Convención Internacional de los Derechos de las y Los Niños, en su artículo 30, reconoce que los niños tiene el derechos de ser educados en la cultura y lengua de los padres.
Conforme al avance jurídico y político de comprensión de los derechos de los pueblos originarios, alentamos al Sr. Contralor y a las autoridades chilenas a avanzar en el reconocimiento de los derechos lingüísticos del pueblo mapuche y en particular que se decrete la co –oficialización del idioma mapuche en la comuna de Galvarino, IX Región.
Consejo Territorial de Galvarino la Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de Chile.
Santiago 03 de abril, 2014
Contacto 81562851 89589090
FUENTE: EL CIUDADANO

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