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No solo la Corfo debe fiscalizar el negocio de SQM en el Salar de Atacama. También tiene ese rol la Comisión Chilena de Energía Nuclear para impedir que el litio se use para fusión nuclear. CIPER constató que esa comisión no exigió por años contratos ni información del destino final del litio que exporta la minera, violando así la norma. Como el contenido real de sus embarques tampoco fue fiscalizado, hoy no se sabe con certeza qué se exportó. CIPER halló en rutas de tráfico marítimo embarques de SQM que no existen en los registros de Aduanas, donde también figuran ventas a Corea del Norte.
La evidencia de que la Comisión Chilena de Energía Nuclear (Cchen) no cumplió su rol fiscalizador respecto de los contratos con los que el Estado le entregó en 1995 a Soquimich (SQM)81 mil hectáreas del Salar de Atacama, para la explotación “exclusiva y excluyente” del litio y sus derivados, podría darle la estocada final al principal negocio de la minera controlada por Julio Ponce Lerou. El cúmulo de nuevas irregularidades detectadas por CIPER se suma a las que ya denunció la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) y que dieron paso a una demanda de término anticipado de contrato, juicio arbitral que debe dirimir la Cámara de Comercio de Santiago antes de mayo.
Julio Ponce Lerou
Julio Ponce Lerou
El principal efecto de esa violación de los contratos –que podría provocar que Soquimich pierda la concesión que le fue entregada hasta 2030- habría significado para el Estado de Chile un daño patrimonial que podría llegar a los US$30 millones.
Ese es el negocio que SQM ve hoy amenazado y no por ser la empresa que más dinero repartió entre políticos de todo el espectro por vías ilegales. En 2014, la explotación del Salar de Atacama (litio y potasio, principalmente) representó el 39% de las ventas de la compañía y le generó ingresos por más de US$771 millones.
La investigación realizada por CIPER indica que, además de la Corfo, la otra institución que debía fiscalizar rigurosamente la explotación y comercialización de los productos que exporta SQM, específicamente del litio por su utilización como elemento de fusión nuclear, es la Comisión Chilena de Energía Nuclear. Y no lo hizo.
En los hechos, SQM ha podido saltarse todos los controles que desde 1995 obligan a la minera a solicitar la autorización de la Cchen para vender y exportar el litio, reportando para ello el volumen, características técnicas (litio extraído, sus concentrados, derivados o compuestos), el comprador final y el uso que le dará éste al mineral.
El incumplimiento de estas obligaciones, según la norma oficial que data de 1995, es causal de revocación de la autorización para explotar el Salar de Atacama, potestad que está en manos de la Cchen. La indagación de CIPER constató que durante años SQM evadió la normativa con la complicidad pasiva de la propia Cchen que abandonó su rol fiscalizador. En los hechos, la práctica que se instaló fue que SQM incluso pedía la autorización de exportación a la Comisión Chilena de Energía Nuclear cuando ya el embarque de litio había zarpado de algún puerto chileno.
El correlato de irregularidades involucra también al Servicio Nacional de Aduanas, institución que debía ejercer el último control sobre la exportación del litio de SQM, exigiendo al momento del despacho del embarque el certificado de autorización de la Cchen. Tampoco lo hizo.
CIPER detectó que en la mayoría de las autorizaciones de exportación que pidió SQM a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, la minera tampoco especificó con claridad ni el destinatario final del litio, ni para qué se usaría. “Se consignaba algo general, que se usaría para batería, vidrio y generalmente para ‘usos industriales’, concepto que abarca prácticamente todo”, señaló a CIPER un ex funcionario de la Cchen que pidió reserva de su identidad.
La no fiscalización de la Cchen sobre el volumen, el precio y el real producto que Soquimich estaba exportando en sus más de 6.500 embarques vendidos solo en la última década al extranjero, representa el principal problema para las autoridades del país. Y ello, porque la concesión de una parte del Salar de Atacama se le entregó a la minera bajo condición de que debía pagar al Estado el 5% de las ventas de litio y el 1,8% de otros minerales que extrae.
La Corfo tampoco supervisó que esos pagos se hicieran de acuerdo a la fórmula establecida en los contratos. Así lo dejó en claro la Contraloría en un dictamen del 19 de noviembre de 2013: Se ha podido advertir que existió descuido por parte de la Corfo en la supervisión del acuerdo (…) pues recién le exigió rendición de cuentas del mandato conferido a dicha compañía en enero de 2013, en circunstancias que aquel fue otorgado en 1993“.
El no cumplimiento de las condiciones a las que estaba obligada Soquimich, tiene eventualmente un daño patrimonial para el Estado chileno, porque se puede estar enviando productos que contienen elementos (de litio) que tienen un valor mucho más alto que lo que se exporta. Un ejemplo es la salmuera, cuyo valor de venta es muy menor si se toma en cuenta el valor que puede tener el litio que ésta contiene –señaló a CIPER el ex ministro y actual presidente del Consejo Directivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, Jaime Tohá(ver entrevista).
Para graficar el desorden en la fiscalización y en la información real sobre lo que ha exportado Soquimich durante 20 años –y sobre las comisiones que le correspondía recibir al Estado- basta citar un ejemplo. CIPER revisó registros oficiales entregados por Aduanas con todas las exportaciones de litio y sus subproductos realizadas por la minera en los últimos diez años (2005-2015). En ninguno de ellos se consigna un producto: “solución de cloruro de litio”. Lo extraño es que la propia minera reconoce haber exportado ese producto en varias oportunidades. Revisando distintas bases de datos de tráfico marítimo internacional, CIPER encontró que la “solución de cloruro de litio” ha sido enviada desde puertos chilenos por SQM en más de una oportunidad a China. Pero para Aduanas, esa exportación no existe.
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Los coletazos que trae la pérdida del rastro de las exportaciones de SQM no se agotan allí. La principal tarea que le corresponde ejercer a la Cchen es cautelar que el litio –por razones “de interés y de seguridad nacional”– no sea utilizado “para fines de fusión nuclear”. Para ello, resultaba imperativo no perder de vista la trazabilidad del litio. No fue así. Esa omisión se convierte en un grave problema si se considera que en la última década SQM ha vendido más de 6.500 partidas de litio a cerca de 30 países, envíos fundamentalmente estimulados por la creciente demanda del mineral para su uso en las industrias productoras de baterías, vidrio, cerámica y aluminio.

Pero entre esos países también figuran potencias como Estados UnidosChina y Alemania, que desde hace varios años cuentan con reactores experimentales de fusión nuclear para generar energía de manera estable y controlada, algo que aún no es posible. La carrera por lograr energía a partir de la fusión de átomos, tal como lo hace el sol, está activa: el año pasado Alemania y China anunciaron avances sustantivos en la materia, los que se suman a los realizados desde hace 35 años por el ITER (International Thermonuclear Experimental Reactor), proyecto ubicado al sur de Francia que concentra los esfuerzos de la Unión Europea, Estados Unidos y Japón, entre otros.
Lo llamativo es que entre los compradores de litio de SQM también aparecen naciones bajo sospecha de realizar experimentos de fusión nuclear con fines bélicos, al margen de toda normativa internacional. Una de ellas es Corea del Norte, sujeta al régimen totalitario de Kim Yong Un.

UN ACTOR CLAVE

Según los contratos firmados en 1993 y 1995, la fiscalización del cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se le entregó la explotación del Salar de Atacama a SQM, no se agotaban en la Corfo. Por tratarse de un material de interés nuclear, se estipuló que fuese la Comisión Chilena de Energía Nuclear la que regulara la explotación y comercialización del litio. El objetivo: impedir que el mineral fuese utilizado para fusión nuclear.
Por esa razón, es la Cchen el organismo público que fija las cuotas de litio que SQM está autorizada a extraer (180.100 toneladas como volumen máximo al término de la concesión en 2030), a exportar y además determina el calendario de ventas anuales.
La potestad de la Comisión de Energía Nuclear quedó consagrada en una resolución que dictó la propia comisión el 10 de octubre de 1995. A la luz del conflicto actual que mantiene Corfo con SQM, el acuerdo N°1.576 de la Cchen –al que tuvo acceso CIPER– resulta clave. Allí se establece:
Sede CCHEN en Santiago
Sede CCHEN en Santiago centro
“Cualquier acto jurídico que celebre la sociedad sobre litio extraído, sus concentrados, derivados o compuestos, deberá ser previamente autorizado por la comisión. Así la sociedad deberá someter a la comisión los contratos de venta y otros actos jurídicos sobre litio extraído… que celebre con cargo a la presente autorización… Para esos efectos deberán comunicar anticipadamente los siguientes datos: volumen y características técnicas; precio de venta; comprador y uso final”.
El mismo acuerdo estableció que esa comisión se reservaba la facultad de fiscalizar el cumplimiento por parte de SQM “de las condiciones que rigen la autorización, incluso con inspecciones discrecionales en terreno”. A lo que se agregó la facultad de “revocar la autorización en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna para el Estado de Chile, si a su juicio no se diera cumplimiento íntegro y oportuno a las condiciones bajo las cuales la autorización se ha acordado” (ver acuerdo).
Lo que no tiene explicación es por qué habiendo transcurrido casi dos años de la demanda interpuesta por la Corfo para darle término anticipado al contrato con SQM por evidente perjuicio al Estado, no se haya ni mencionado ni menos interpelado a la Comisión Chilena de Energía Nuclear por el importante rol que le corresponde.
Cuando en octubre pasado, CIPER demandó de la Cchen su versión sobre la falta de fiscalización realizada a las exportaciones de Soquimich, la respuesta del entonces jefe de Asuntos Jurídicos,Luis Frangini Norris, fue: “En el proceso de verificación del cumplimiento de las condiciones fijadas a las empresas explotadoras de litio, la Cchen efectúa exhaustivos controles documentales y, cuando lo estima pertinente, solicita información adicional (ver respuesta). Frangini agregó que la Cchen había recibido respuestas en los plazos legales y que, en conclusión, todo estaba en orden.
La investigación de CIPER indica que los dichos de Frangini -funcionario nombrado en calidad de inamovible en 1976 en el régimen de Augusto Pinochet y desvinculado en enero de 2016-, no se ajustan a la verdad. A la misma conclusión había llegado tres meses antes de la respuesta de Frangini a CIPER el recién asumido presidente del consejo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, Jaime Tohá. En julio de 2015, Tohá encabezó una reunión del consejo directivo donde presentó el resultado de la primera investigación realizada al cumplimiento del rol fiscalizador de esa comisión respecto de las exportaciones de Soquimich. Hubo estupor.

LA INQUIETUD DE TOHÁ

El 17 de julio de 2015 tuvo lugar esa reunión clave en la Cchen. La presidió el ex ministro Jaime Tohá González; y contó con la participación de su vicepresidente, el general (r) de Ejército Julio Baeza Von Bohlen y los consejeros: el capitán de corbeta Francisco Mackay Imboden, el general del aire Álvaro Aguirre WardenJorge Zanelli Iglesias (por el Ministerio de Energía) y Tito Pizarro Quevedo (por el Ministerio de Salud). También asistieron Rosamel Muñoz Quintana, quien ha ocupado distintos cargos de importancia en la Cchen desde que fue nombrado en 1976 –al igual que Frangini- y que en ese momento era director ejecutivo subrogante; y la fiscal del Departamento de Seguridad Nuclear y Radiológica del organismo, Gloria Zárate Pérez.
Semanas antes de esa reunión, la Corfo había rechazado una propuesta de conciliación con SQM en el juicio arbitral. El tema del litio –dijo Tohá- “se está posicionando en la opinión pública, es posible que a futuro se solicite una posición institucional”. Así quedó consignado en el acta de la sesión (ver acta).
El consejo hizo una verdadera autopsia a los procedimientos realizados respecto de Soquimich. El marco era claro: si se había cumplido o no con el acuerdo del 10 de octubre de 1995. El presidente del consejo directivo, que había asumido recién en noviembre de 2014, se mostró inquieto. Tal como reconoció en esa reunión, las autorizaciones de exportación que hacía la Cchen se habían transformado “en un acto rutinario”.
El crudo diagnóstico de Tohá dio paso a una propuesta: “Se debe instruir al director ejecutivo para que se elabore un procedimiento para las autorizaciones (de exportación), que contenga temas como el usuario final y uso que se le dará al litio en el exteriorEl tema es cómo garantizar el uso final del litio”.
Las palabras de Tohá son la constatación de que no se habían cumplido las obligaciones asumidas por la Cchen 20 años atrás y que fueron consagradas en el acuerdo del 10 de octubre de 1995. El control de daños se puso en marcha.

INTRAZABLE

Si bien el acta de esa sesión del consejo directivo de la Cchen indica que los consejeros concluyeron que no había dolo en el cumplimiento de su rol fiscalizador, los antecedentes que tuvieron a la vista indican exactamente lo contrario. Porque una de las primeras constataciones fue que era difícil “trazar el uso final del litio una vez exportado”. Lo que no dice el acta son las razones de esa “dificultad”.
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La investigación de CIPER arroja que hasta hace solo algunos meses, las autorizaciones de exportación que otorgó la Cchen a Soquimich se avalaron en la siguiente frase: “teniendo a la vista el informe positivo del Grupo del Litio (de la Cchen)…”.  El problema es que desde hace mucho tiempo ese supuesto “Grupo del Litio” no existe. Pero se siguió utilizando la fórmula.

El segundo problema es que en la Cchen se optó –nadie sabe hoy por orden de quién- por no pedirle a Soquimich los contratos de sus exportaciones con la debida antelación. Una obligación importante, porque esa es la única forma de garantizar quién es el comprador del litio y el uso que le dará al mineral. Aduanas también optó por no pedir el certificado de la Cchen, y fue así como una parte de las exportaciones de SQM salió del país burlando los controles establecidos.
La situación se complica aún más, porque en esos contratos de venta de SQM muchas veces figuraba como comprador un intermediario o broker, el que luego revendía la producción sin que quedara registro del comprador final.
Lo grave es que el acuerdo de octubre de 1995 que le confirió a la Comisión Chilena de Energía Nuclear la obligación de hacer un acucioso seguimiento de las exportaciones de SQM, fue uno de los pocos resguardos que tomó el Estado antes de traspasar el control del Salar de Atacama a la minera.
El abandono de deberes de la Cchen no solo podría tener implicancias internas. En 1995, Chile adscribió al Tratado de no Proliferación de Armas Nucleares de Naciones Unidas (TNP, vigente desde 1970), el que obliga a los estados miembros a “no ayudar, alentar o inducir en forma alguna a ningún Estado no poseedor de armas nucleares a fabricar o adquirir de otra manera armas nucleares u otros dispositivos nucleares explosivos (…) con miras a impedir que la energía nuclear se desvíe de usos pacíficos hacia armas nucleares” (ver documento).
La pérdida del rastro de las exportaciones de SQM deja caer un manto de dudas respecto del real cumplimiento del compromiso asumido por Chile en el marco de este tratado. Dudas que toman fuerza a la luz de las cifras de exportación de litio de SQM Salar: entre 2005 y 2015 Soquimich ha hecho más de 6.500 envíos de productos de litio a 30 países de Europa, América y Asia.
Los registros de Aduanas a los que accedió CIPER, con todas las partidas del litio exportado por SQM Salar, indican que en el lapso de esos 10 años los mayores compradores del mineral han sidoBélgicaJapónCorea del SurEstados Unidos y China.
Pero entre los países receptores de la producción de la minera se encuentra también Corea del Norte (al margen del TNP desde 2003), país que hace poco anunció haber “culminado exitosamente” sus primeras pruebas nucleares utilizando una bomba de hidrógeno (“Bomba H” o termonuclear), uno de cuyos componentes –el Litio-6– se consigue purificando litio.
La noticia despertó el escepticismo de la comunidad internacional que aún duda de si Corea del Norte es poseedora o no de esa tecnología que –a diferencia de la bomba atómica que funciona en base fisión nuclear (separación de un átomo)– responde a un complejo proceso de fusión de átomos y es capaz de liberar una energía destructiva mucho mayor (Estados Unidos, Rusia, China, Francia e Inglaterra ya han realizado pruebas con bombas de hidrógeno).
En la última década SQM ha despachado dos embarques con destino a Pyongyang, capital de Corea del Norte. El primero salió del puerto de Iquique el 2 de mayo de 2005  con 10 toneladas de carbonato de litio; y el segundo, del puerto de Angamos (Región de Antofagasta), el 30 de marzo de 2012 con 96 toneladas de carbonato de litio. El valor de ambas exportaciones sumó poco más deUS$ 430 mil.
Aunque el carbonato de litio no es útil para propósitos nucleares, la duda persiste ya que otra de las irregularidades detectadas por CIPER en su investigación es que, en la práctica, el contenido de los embarques de SQM no es fiscalizado. Para obtener Litio-6 se ha utilizado más frecuentementehidróxido de litio, otro de los subproductos del mineral que vende SQM. La base de datos de Aduanas no registra exportaciones de hidróxido de litio a Corea del Norte.
Sí registra ventas de ese producto a India, nación que no ha firmado el TNP y desde la década de los ‘80 ha ejecutado pruebas atómicas. Entre 2005 y 2012, SQM Salar ha hecho envíos a India por más de 2.300 toneladas de hidróxido de litio, según los registros de Aduanas. En diciembre pasado, un artículo de la prestigiosa revista estadounidense Foreign Policy reveló que desde 2012 el país asiático se encuentra construyendo en secreto un complejo militar para el desarrollo de armamento nuclear, incluyendo la temible bomba de hidrógeno.  

ATRIBUCIONES CONFUSAS

Las dificultades para dar cumplimiento al mandato de octubre de 1995 respecto de la trazabilidad de las exportaciones de SQM, no fue lo único que encendió las alarmas en la sesión de consejo de la Cchen del 17 de julio de 2015. Se recordó además que una de las disposiciones del acuerdo N°1.576 de 1995 recomendaba de “manera imperiosa ubicar zonas de retorno de las salmueras residuales y sales de descarte al salar de manera que el litio contenido en ellas sea técnica u económicamente factible recuperarlo”.
En esa reunión, Jaime Tohá advirtió sobre la urgencia de realizar fiscalizaciones en terreno. “La Cchen debiera estar en condiciones de tomar muestras de salmuera y hacer los análisis químicos”, señaló. El general (r) Julio Baeza fue más explícito aún en su diagnóstico, y reconoció la existencia de “una zona gris” que impide conocer con certeza “hasta dónde llega el control de lo extraído y cómo se produce la reinyección”.
Salar de Atacama
Salar de Atacama
Fue la constatación de esos graves vacíos lo que llevó al consejo directivo del organismo a ordenar un estudio en Derecho que abordara las “atribuciones legales de la Comisión Chilena de Energía Nuclear relacionadas con el litio”. El informe fue elaborado por el abogado experto en derecho mineroWinston Alburquenque, del estudio Vergara Galindo Correa, y fue entregado a la Cchen el 29 de diciembre de 2015 (ver informe).
Casi un mes después de la sesión del 17 de julio de 2015, la Cchen creó un Grupo del Litio para trabajar en “el cumplimiento de las atribuciones legales de la Cchen sobre el litio, como es la elaboración de procedimientos, y pronunciarse sobre las solicitudes de venta, previo a la autorización” (ver acuerdo). Es decir, recién en agosto de 2015 la Cchen creó el llamado Grupo del Litio, al que durante años se hizo referencia en las autorizaciones de las exportaciones de SQM.
Según la indagación de CIPER, en septiembre de 2015, SQM tomó conocimiento de que sus exportaciones estarían ahora sometidas a los controles que quedaron estipulados hace 20 años en el acuerdo de 1995 de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.

LA VISITA DE VON APPEN

El 7 de octubre de 2015 llegó a las oficinas de la Cchen, en calle Amunátegui 95 (Santiago), una visita poco usual: el propietario de Ultramar y desde 2005 director de Soquimich, Wolf von Appen.El empresario concurrió en calidad de “gestor de intereses” de SQM. Allí lo esperaba Jaime Tohá. Según quedó registrado en la plataforma de lobby del organismo, en la reunión Von Appen le manifestó a Tohá su disposición “para dar cumplimiento a las exigencias establecidas en el acuerdo de consejo vigente” (el acuerdo de 1995 con el que la Cchen debía asegurar la trazabilidad del mineral).
Wolf von Appen
Wolf von Appen
La visita de Von Appen fue parte de una intensa agenda de reuniones que el director de SQM sostuvo con distintas autoridades de gobierno intentando frenar la demanda arbitral de Corfo. Una semana después, el 14 de octubre, el alto mando de SQM volvió a tocar las puertas de la Cchen. Esta vez fue su gerente general,Patricio de Solminihac, quien se apersonó en Amunátegui 95 para reunirse con su entonces director ejecutivo (s), Rosamel Muñoz Quintana (quien al igual que Luis Frangini fue desvinculado de la Cchen en enero de este año).
De Solminihac llegó con una propuesta bajo el brazo. Según consigna el registro de la plataforma de lobby, ésta contenía la información que SQM enviará a la Cchen para responder a las obligaciones que la empresa tiene que cumplir de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas, establecidas en el acuerdo del Consejo Directivo de la Cchen N° 1.576 del 10 de octubre de 1995” (ver registro de audiencia).
No hay registro de qué explicación se dio para que recién solo 20 años después de la firma del contrato, SQM y la Cchen se preocuparan por su cumplimiento.

ADUANAS: EL TERCERO INVOLUCRADO

Poco antes de la junta entre Von Appen y Tohá, la Cchen había iniciado una ronda de reuniones con el Servicio Nacional de Aduanas, las que se extendieron hasta noviembre de 2015. En total fueron seis reuniones en menos de dos meses (7 de septiembre al 3 de noviembre) y su objetivo fue siempre el mismo: “analizar algunas materias relacionadas con el litio”. En todas ellas participó Rosamel Muñoz por la Cchen, personal de Aduanas y en las dos últimas se integraron representantes de la Corfo.
La información recogida por CIPER indica que en esas reuniones se habrían cotejado las bases de datos de la Cchen y de Aduanas con los envíos de litio de SQM para homologar procedimientos entre ambas instituciones respecto de las exportaciones.
Funcionarios de Aduanas consultados por CIPER, señalaron que en los puertos de salida que utiliza SQM -Tocopilla, Antofagasta, Iquique, entre otros- son escasas las comprobaciones en terreno de los productos que exporta la minera. Y ello, porque los controles se realizan a posteriori en función de matrices de riesgo, metodología con la que en 2013 ese servicio logró fiscalizar apenas el 2% de las exportaciones de minerales, el litio entre ellos.
Un ex fiscalizador de Aduanas, quien pidió reserva de su identidad, y que realizó controles aduaneros en al menos tres puertos a las exportaciones de Soquimich, dijo a CIPER que mientras se desempeñó no existía certeza respecto de la concentración real de litio presente en los embarques de la llamada “solución de cloruro de litio”, materia prima para el carbonato de litio, hidróxido y litio metálico.
CIPER corroboró que recién en diciembre de 2014 Aduanas emitió la Resolución 7.258 sobre el control de las exportaciones de cobre y otros minerales, la que mejoró los procedimientos que existían desde 1999. La nueva normativa obliga a las empresas mineras a “adjuntar un certificado de análisis que señale la ley de todos los elementos pagables y penalizables“. Los certificados son expedidos por laboratorios inscritos en el Instituto Nacional de Normalización.
Pero los nuevos controles fueron resistidos por la plana mayor de SQM. De hecho, en julio de 2015, la minera presentó una solicitud para que Aduanas dejara de considerar a ciertos subproductos del litio como “productos mineros“. En los hechos, eso implicaba que sus embarques de carbonato de litio e hidróxido de litio estarían eximidos de presentar un certificado indicando las calidades del mineral exportado (la ley).
La solicitud de SQM –firmada por la gerenta de Asuntos Regulatorios, Beatriz Oelkers- revela de paso que incluso después de haberse dictado la nueva normativa de Aduanas, que exigía acompañar sus exportaciones con un certificado indicando la calidad del mineral vendido, SQM no lo hizo. En el mismo documento, Oelkers pide que se exima de responsabilidad al agente de aduanas que daba servicio a SQM, Jorge Stephens, a quien se le levantaron cargos por no haber dado cumplimiento a las nuevas exigencias instruidas en la resolución de diciembre de 2014 (ver solicitud de SQM).
En septiembre de 2015, Aduanas rechazó la solicitud de SQM firmada por Oelkers. El entonces director -Gonzalo Pereira- argumentó: “Con la finalidad de contar con mayores antecedentes para realizar la fiscalización del producto minero que se está declarando y que corresponda con la mercancía que efectivamente está saliendo del país, los exportadores tienen la obligación de informar, de manera consistente y completa, todos los contenidos y especificaciones técnicas de los productos mineros que salen del país”  (ver respuesta de Aduanas).

CAMINO A JIUJIANG

La sucesión de reuniones entre Aduanas, la Cchen y Corfo comenzó pocos meses después de que, en julio de 2015 y a petición del diputado Alberto Robles (PR), la Cámara de Diputados oficiara al servicio aduanero pidiéndole el registro de las exportaciones de litio de SQM. Paralelamente también se ofició a la Cchen para que diera cuenta de “su rol legal respecto del recurso litio”.
Hamburg Harbor Shipping
Tras recibir los antecedentes, el diputado Robles solicitó al Ministerio Público que abriera una investigación contra SQM por eventual fraude al Fisco por la presunta venta fraudulenta de “solución de cloruro de litio” (o salmuera de cloruro de litio). Según el diputado, la minera no cuenta con autorización para exportar ese producto. SQM refutó la acusación de Robles en un comunicado emitido el 25 de noviembre de 2015, en el que señala que sí está autorizada la venta de ese producto y que la primera solicitud ante la Cchen para exportarlo data de 2004 (ver comunicado).

CIPER solicitó a la Comisión Chilena de Energía Nuclear -vía Ley de Transparencia- todas las autorizaciones a las exportaciones de SQM de litio y sus subproductos. La minera se opuso a que se nos entregara la información. Para corroborar si efectivamente la minera había vendido “solución de cloruro de litio”, CIPER revisó entonces los registros de Aduanas entre 2005 y 2015 buscando el código arancelario con el que el propio servicio clasifica este producto: el N° 2530.9000 (ver dictamen de clasificación).
Revisados los registros oficiales de Aduanas de los más de 6.500 envíos hechos por SQM a una treintena de países en esos diez años, solo figura la exportación de tres productos: carbonato de litio (código arancelario N° 2836.9100), hidróxido de litio (código arancelario N° 2825.2000) ycloruro de litio (código arancelario N° 2827.3930).
En vista de la contradicción entre lo informado por SQM y los registros de Aduanas, CIPER revisó distintas bases de datos de tráfico marítimo internacional. Y allí consta la venta y envío por parte de SQM de “solución de cloruro de litio”. Un ejemplo de ello son dos embarques con cerca de 650 toneladas del producto que arribaron al puerto fluvial de la provincia de Jiujiang, en China, en dos partidas: el 11 y el 18 de febrero de 2011 (ver documento).
El comprador de esas partidas de “solución de cloruro de litio” fue Fengxin Ganfeng Lithium Co.,una de las más grandes productoras de carbonato, hidróxido y cloruro de litio en China y cuyos productos se exportan a Corea del Sur, India, Alemania, Estados Unidos y HolandaPeroFengxin Ganfeng Lithium es también uno de los muchos clientes de SQM Salar que actúan como broker o intermediarias. Justamente el tipo de comprador que hace perder la trazabilidad de las exportaciones sin que se conozca finalmente quiénes usan y para qué el litio que se extrae del Salar de Atacama.
El desorden y la falta de control que constató CIPER respecto de los compromisos contraídos por Soquimich para explotar una parte del Salar de Atacama, dejan en evidencia el abandono de deberes tanto de la Corfo como de la Cchen. Y también el perjuicio provocado al Estado por la violación de los contratos por parte de SQM. Los expertos en la materia que CIPER consultó coinciden en que las evidencias recogidas reúnen las causales para que la Corfo le ponga fin anticipado al contrato con SQM, decisión que resolverá el juicio arbitral antes de mayo.
Los nuevos antecedentes recogidos en esta investigación, también podrían gatillar que la Comisión Chilena de Energía Nuclear –por una vía paralela- y de acuerdo a su potestad, abra el expediente de expropiación.

JAIME TOHÁ, PRESIDENTE DE LA CCHEN:

“NO HA HABIDO CONTROL ABSOLUTO DE QUIÉN ES EL USUARIO FINAL DEL LITIO”

Jaime Tohá
Jaime Tohá
-La investigación que CIPER ha realizado indica que la Comisión Chilena de Energía Nuclear (Cchen) no ha fiscalizado como debía las exportaciones de Soquimich. Usted llegó a presidir su directorio en noviembre de 2014, ¿qué pasó hacia atrás?, ¿con qué se encontró cuándo llegó?
Cuando se recabó información por parte de esta presidencia se pudo constatar que las autorizaciones tenían un carácter rutinario. Y que no siempre esa empresa (SQM) había entregado toda la documentación que debía exigirse de acuerdo a las condiciones con que fueron autorizadas sus operaciones productivas y comerciales. El tema de los brokers lo estamos resolviendo. Nosotros hemos señalado que no es más aceptable que la autorización diga que SQM le vende sus productos a un broker. Tiene que quedar consignado su uso final. Evidentemente, en la medida en que en el pasado han aparecido brokers como el destinatario final, ahí no ha habido un control absoluto de quién es el usuario final. Eso hoy está subsanado.

-¿Qué rol debe cumplir la Cchen en materia de explotación y comercialización del litio que SQM extrae del Salar de Atacama?
En primer lugar, asegurarse que se haga un manejo apropiado de los salares. En segundo lugar, garantizar a través del envío oportuno de los contratos por parte de SQM, que el usuario final del litio lo va a dedicar a usos que están permitidos por la legislación internacional y la chilena: es decir, que no lo utilice para fines nucleares. Hay que controlar y monitorear el precio de venta, que de alguna manera es un elemento complementario en la certificación de cuál es el uso final.

Ahora, en estas materias, por razones prácticas, el control que hace la Cchen tiene que ser necesariamente documental, en términos que se nos tienen que exhibir los contratos y otros documentos mercantiles que nos lleven a tener la certeza de cuál es el usuario final. Y en caso que haya incumplimiento, esto llega naturalmente hasta la posibilidad de ponerle fin a la autorización. E incluso, la legislación prevé que la Cchen puede proponer al gobierno la expropiación de las instalaciones productivas y comerciales.
-Es decir, el término anticipado del contrato con Soquimich…
Son dos cosas distintas, uno es el término de la autorización para la explotación y otro es la posibilidad –lo que no está sobre la mesa en este momento– de proponer un decreto de expropiación.

-¿Qué efecto tiene esa falta de fiscalización para el interés del Estado, sobre los pagos trimestrales que debía hacer SQM al Estado chileno, además de una renta anual?
Bueno, naturalmente eso no es potestad de la Cchen, pero indirectamente el no cumplimiento de las condiciones tiene eventualmente un daño patrimonial para el Estado chileno, porque se pueden estar exportando productos que contienen elementos de litio que tienen un valor mucho más alto que el producto que se está vendiendo.

-¿Puede dar un ejemplo?
La salmuera, cuyo valor de venta es muy menor si se toma en cuenta el valor que puede tener el litio que ésta contiene. Y como SQM está pagando una tasa sobre el valor de venta, ahí hay un daño patrimonial para el Estado chileno. Por esa razón, interesa conocer -en coordinación con Aduanas- cómo está sucediendo exactamente el proceso de exportación de salmuera que contiene litio. Y ese es un trabajo que estamos profundizando. Hemos creado una unidad de litio dentro de la comisión, cosa que ojalá hubiera existido desde siempre. Ahora es absolutamente imperioso, de manera que vamos a poder garantizar que realmente se cumplan a cabalidad las condiciones bajo las cuales se autorizó la explotación y comercialización del litio.

-¿Existe alguna explicación de por qué no quedan registradas en Aduanas algunas partidas de litio que se sabe han sido exportadas por SQM, como la “solución de cloruro de litio”?
No, no quisiera hablar a nombre de Aduanas. Solo decir que estamos haciendo un trabajo conjunto para poder homologar apropiadamente los criterios que ellos y nosotros usamos de acuerdo a lo que la legislación establece, de modo que ya estamos muy cerca de tener una homologación total, un elemento de control muy efectivo.

-¿Es posible que durante todo este tiempo en que no hubo fiscalización ni controles se haya exportado productos de litio que no son tales y que estos productos hayan salido con otro nombre y código?
Nosotros no tenemos la seguridad de que no haya ocurrido algo así.

-Cuando dice que están homologando ahora los procedimientos con Aduanas, ¿quiere decir que esa homologación no existía antes?
Las distintas administraciones de Aduanas y las de la Cchen han tenido criterios que no han sido uniformes en el tiempo, entonces parece que hubo un tiempo en que Aduanas sí procesaba los documentos de autorización nuestros y periodos en que no. Ahora lo importante es que hemos llegado a la conclusión de que eso no puede funcionar así.

-Eso significa que Aduanas no debiera dejar salir productos que no tienen la autorización de la Cchen…
No debiera dejarlos salir.

-Y lo ha hecho…
Pudo haberlo hecho.

- Según los contratos, la salmuera residual debe volver a los acuíferos para asegurar la sustentabilidad del Salar de Atacama. ¿Quién fiscaliza que eso suceda?
Entre las atribuciones de la Cchen está realizar inspecciones en terreno para velar porque un producto de valor e interés nuclear, como es el litio, esté siendo explotado racionalmente, no se estén provocando pérdidas, y se esté haciendo un manejo de los salares que implique la reinyección, para que pueda haber una recuperación apropiada del mismo. En esa materia, estamos desarrollando una labor creciente. En diciembre de 2015 fue al Salar de Atacama una delegación importante formada por consejeros y profesionales de esta comisión para comenzar…, o retomar una labor de monitoreo en terreno que vamos a ir profundizando en la medida que vayamos teniendo los recursos.

-¿Hace cuánto no se hacían inspecciones a terreno?
Bastante.

FUENTE: CIPERCHILE