Fallo en Caso Riggs obliga a familia Pinochet a devolver más de US$1.600.000 y condena a tres militares (r)
por El Mostrador 24 agosto, 2018
En fallo dividido en el marco del Caso Riggs, la Segunda Sala de la Corte Suprema ordenó el comiso de un monto de US$1.621.554,46 de los bienes de propiedad de Augusto Pinochet o de alguna de sus sociedades y condenó a 3 militares en retiro por su responsabilidad en el delito de malversación de caudales públicos.
La instancia integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz y Jorge Dahm acogió el recurso de casación deducido en contra de la sentencia que había absuelto a los condenados y revocado el comiso de primera instancia decretado por el ministro Manuel Antonio Valderrama. La resolución no fue firmada por el ministro Juica por haber cesado de sus funciones, aunque estuvo presente en a vista de la causa y acuerdo del fallo.
Con esta resolución, el máximo tribunal le “quitará” los bienes a la familia Pinochet por la millonaria suma ( $1.073.468.748 en pesos chienos), para así forzadamente hacerle devolver ese monto, con el objetivo de que el Estado se pague parte de la deuda por la malversación de fondos públicos configurado en este emblemático caso de corrupción sobre el abultado patrimonio del ex dictador.
La sentencia del máximo tribunal condenó a Gabriel Vergara Cifuentes, Juan Ricardo Mac-Lean Vergara y Eugenio Castillo Cadiz a penas de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad en el delito de malversación de caudales públicos.
Asimismo, los condenados Mac-Lean Vergara y Castillo Cadiz deberán pagar una multa de 11 UTM (unidades tributarias mensuales).
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Cisternas, "únicamente en cuanto se confirma y aprueba la decisión de condena de Vergara Cifuentes, Mac-Lean Vergara y Castillo Cádiz por el delito de malversación de caudales públicos y, consecuencialmente, se les impone la pena de comiso", señala la resolución.
También consta en el fallo la prevención de la ministra Chevesich, quien "concurre a lo decidido, pero considerando como época de suspensión del término legal necesario para declarar la prescripción de la acción penal, aquella en que se tomó declaración indagatoria a los acusados como inculpados".
FUENTE: EL MOSTRADOR
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