Polémica licitación por cosechadoras que presentaron fallas técnicas
Indap paga $493 millones a empresa relacionada con familiares de su director nacional, Ricardo Ariztía
Publicado: 09.04.2013
Copeval
suministró en enero pasado máquinas cosechadoras a comunidades mapuche,
pero la mayoría fueron devueltas por fallas técnicas. Indap primero
escogió la cosechadora brasileña Jumil 390 y después abrió la licitación
con especificaciones que calzaban con ese modelo, sabiendo que su único
representante en Chile es Copeval. El director del Indap, Ricardo
Ariztía, es sobrino de uno de los controladores de esa empresa. Ariztía
no firmó el contrato, pero la resolución que lo aprobó no fue informada a
Contraloría ni incluyó las razones fundadas por las que se aceptó a
Copeval como proveedor, a pesar del parentesco.
Los pequeños
agricultores de la comunidad Caupolicán, de Lleu Lleu, en la Región del
Bío Bío, irradiaban alegría. Y así quedaron retratados cuando posaron
para la foto. Al fin tenían una cosechadora propia. Una máquina nueva,
roja y brillante, que se asomaba detrás de las 25 personas que se
pusieron frente al fotógrafo. La habían recibido de los técnicos de
Indap y aquella jornada prometía que la cosecha del trigo dejaría de ser
para ellos un dolor de cabeza al final de cada verano. Ya no tendrían
que correr en busca de una cosechadora que no les cobrara un ojo de la
cara por segar las lomas antes de que las lluvias mataran el grano. En
vez de un problema, ahora la cosecha sería una fiesta. La máquina les
pertenecía. Pero la fiesta apenas duró unos días: el lapso que medió
entre que la recibieron y la devolvieron, por inútil.
“Indap y Conadi entregan máquinas cosechadoras de cereales a comunidades indígenas de la Provincia de Arauco”. Así se tituló la nota
que apareció en la web del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap)
el 23 de enero pasado. El texto, con la foto de las 25 miembros de la
comunidad Caupolicán que posaron frente a la cosechadora, informaba que
cuatro máquinas se pusieron en manos del mismo número de comunidades de
la Región del Bío Bío, beneficiando a un total de 150 pequeños
agricultores. Lo que nunca publicó Indap es que las cuatro comunidades
devolvieron las cosechadoras en cosa de días. Dos de ellas no alcanzaron
siquiera a armarlas. Otras seis fueron rechazadas en La Araucanía.
Indap desembolsó $493,5 millones en la compra de 20 de estas cosechadoras. Las adquirió por licitación pública a Copeval Servicios S.A.,
empresa con la que el director nacional de Indap, Ricardo Ariztía de
Castro, tiene un evidente conflicto de interés, establecido por la
Contraloría con anterioriodad, el pasado 11 de enero ((vea el documento), a raíz de otros contratos con Copeval. Uno de los controladores de Copeval es su tío Manuel Ariztía Ruiz.
Ricardo Ariztía de Castro (68) es un reconocido dirigente
empresarial. De profesión agrónomo, presidió la Confederación de la
Producción y el Comercio (2000-2002), a la que llegó después de
encabezar la Sociedad Nacional de Agricultura (1997-2000). Ariztía ha
incursionado exitosamente en fruticultura (presidió la Federación de
Productores de Fruta), vinicultura y ganadería. Con esos antecedentes,
en 2010 asumió como director nacional de Indap, organismo que brinda
apoyo técnico y económico a los pequeños agricultores. A ojos del
gobierno del Presidente Sebastián Piñera, Ariztía era la figura idónea
para dirigir Indap por su vasto conocimiento y múltiples conexiones
familiares y comerciales con el agro. Pero esas mismas características
traían amarrada una desventaja: los conflictos de interés.
En 2012, los diputados Marcelo Díaz y Alfonso de Urresti requirieron
el pronunciamiento de la Contraloría por eventuales conflictos de
interés de Ariztía, pues como director de Indap había dado luz verde a
contratos o programas con empresas y asociaciones gremiales con las que
tenía algún vínculo familiar o comercial. Una de ellas era Copeval S.A. El
dictamen emitido en enero pasado por la Contraloría ordenó a Ariztía
abstenerse de participar en todo procedimiento en el que Copeval tuviese
algún interés. Los alcances de la resolución fueron ampliamente
difundidos por la prensa y Ariztía desestimó renunciar por esta causa:
“No hay mal uso de recursos”, dijo.
No obstante, cuatro días después de emitido el dictamen comenzaron a
entregarse en La Araucanía las cosechadoras brasileñas modelo Jumil 390,
suministradas por Copeval en virtud de este nuevo contrato firmado el
20 de diciembre de 2012. La primera ceremonia de entrega
tuvo lugar el 15 de enero de 2013. La encabezaron Ariztía y el ministro
de Agricultura, Luis Mayol, quien también tenía participación en la
propiedad de Copeval cuando se firmó el contrato por las cosechadoras,
aunque en una proporción (2,1% de las acciones) que, de acuerdo con las
normas, no constituye conflicto de interés.
Aunque Aríztia se abstuvo de firmar el contrato, la investigación de
CIPER acreditó que Indap no cumplió todos los requisitos que exige la
ley para establecer una relación comercial con una empresa cuyos
controladores están emparentados con uno de sus directivos. En concreto,
no expresó las “razones fundadas” que de manera excepcional le
habrían permitido establecer el vínculo comercial con Copeval a pesar
del conflicto de interés. Tampoco informó esas razones ni a la
Contraloría ni a la Cámara de Diputados ni al ministro de Agricultura.
Además, la información entregada a CIPER por Indap y por el gerente
general de Copeval, Darío Polloni, indica que antes de abrir la
licitación ese organismo público ya había escogido la cosechadora Jumil
390 y sabía que su único representante en Chile era Copeval. Las bases
del concurso incluyeron requerimientos técnicos que calzaban con ese
modelo, por lo que era difícil que otro proveedor ofertara. De hecho,
sólo Copeval se presentó a la licitación.
“TRAIGA ESTE MODELO”
La adquisición de las cosechadoras se hizo con dinero proveniente de
los $16.472 millones del presupuesto que maneja Indap para 2013,
destinado a su Programa de Desarrollo de Inversiones (PDI). Ese plan
permite comprar equipamiento (tractores, cosechadoras, motocultivadores y
fumigadoras, entre otros productos) y el año pasado benefició a 13.816
pequeños agricultores (vea la inversión y el número de beneficiarios del PDI de 2007 a 2013 y la nómina de los proveedores del mismo programa).
Cada cosechadora comprada a Copeval significó un desembolso de $20,7
millones más IVA ($ 24,6 millones en total). Las comunidades pagan
directamente entre un 5% y un 10% del precio al proveedor y el resto lo
cancela Indap, como mandatario de los pequeños agricultores que
obtuvieron ese subsidio.
El
precio de las máquinas adquiridas a Copeval corresponde a un 25% ó 30%
de lo que cuesta una cosechadora nueva en el mercado. Esto, porque no
son autopropulsadas y deben acoplarse a un tractor, una modalidad hasta
ahora no utilizada en Chile. Esta característica, que en la evaluación
de los técnicos de Indap convertía a la cosechadora en una excelente
alternativa a bajo precio, chocó con la realidad: la máquina es lenta,
gasta más petróleo que las autopropulsadas porque el tractor debe
circular en revoluciones muy bajas, se atasca frecuentemente y no es
capaz de trabajar en pendientes fuertes (como las lomas donde se cultiva
trigo en Bío Bío y Araucanía). Además, se acopla a un costado del
tractor, por lo que da un ancho total de cinco metros y no puede
circular por los estrechos caminos de las comunidades ni cruzar los
portones de acceso a los campos.
El director de Indap, Ricardo Ariztía, explicó a CIPER que el
programa PDI ha provocado un crecimiento explosivo, a nivel nacional, de
la superficie cultivada con cereales por pequeños agricultores: “En
octubre o noviembre, cuando ya la temporada estaba sembrada, pedimos
(calcular) la superficie. Teníamos una cantidad superior a las 14 mil
hectáreas. Y dijimos: Vamos a tener problemas de cosecha con esta
superficie”.
Por esa razón, explicó Ariztía, técnicos del Indap viajaron a Israel,
Francia y Brasil, donde hay industria especializada en maquinaria para
la pequeña agricultura, en busca de una cosechadora de bajo precio:
“Hasta que en uno de esos viajes identificamos una máquina que se
adecuaba perfectamente para la pequeña agricultura (…). Se llama a
licitación, la que tiene su proceso normal a través de nuestro sistema
de proveedores, donde el único postulante que se presentó fue Copeval. Y
se le adjudicó”.
La historia la complementa Darío Polloni, representante legal de Copeval:
-Fue Indap quien determinó, técnicamente, que quería esas
cosechadoras (modelo Jumil 390). La gente de Indap fue en forma directa a
visitar la fábrica y a comprar las máquinas a Brasil. En Brasil, la
fábrica Jumil les dijo que tenía un representante en Chile: Copeval. Y,
por lo tanto, tenían que comprar las máquinas a Copeval. El Indap,
entonces, procedió a hacer una licitación pública de estas máquinas.
Nosotros participamos y nos adjudicamos la licitación (…). A nosotros
nos dijeron “traiga este modelo de máquina” y nosotros licitamos. Una
vez que nos adjudicamos la licitación, trajimos ese modelo.
La
explicación de Polloni indica que Indap ya había escogido el modelo
antes de realizar la licitación, por lo que las especificaciones
técnicas requeridas en las bases del concurso calzaban con las de la
Jumil 390. Así queda de manifiesto también en una respuesta formal
enviada por Indap a CIPER el 27 de marzo:
“Una vez llevado a cabo un levantamiento en terreno
respecto de los requerimientos de nuestros agricultores y resguardando
la dimensión de sus explotaciones, nos propusimos como INDAP buscar un
tipo de maquinaria que fuese eficiente en términos de precio/calidad,
para lograr resolver de manera definitiva las necesidades de los
productores (…). Por lo tanto, la maquinaria en cuestión fue la única
que satisfacía a cabalidad las necesidades de nuestros agricultores. Sin
perjuicio, se prefirió abrir Licitación Pública, por si en éste proceso
hubiere algún otro proveedor que pudiere calificar técnicamente y se
interesara en presentar su propuesta”.
Sergio Aliaga, jefe de la zona sur de ventas de maquinaria de la
empresa Tattersall Agrícola, competencia de Copeval, señaló a CIPER que
por las especificaciones técnicas que pidió Indap, la licitación “está
completamente dirigida, con nombre y apellido. Cuando ves esas
licitaciones públicas en el diario o en Chile-Compra ya sabes que hay
algo raro”.
-Es como que yo te dijera “voy a tirar una licitación porque necesito
un auto, pero con cinco ruedas, una al medio”. Perdóname, pero así
nadie más puede participar. Yo trabajo hace 25 años en maquinaria y sé
de máquinas, y no se me habría ocurrido traer eso (una cosechadora
tirada por un tractor). Para traer una máquina a Chile debes tener
asistencia técnica adecuada. No habría sido de mi decisión traer una de
ese tipo si no tienes equipo técnico y no tienes repuestos –dice Aliaga.
De hecho, el propio Ariztía reconoció a CIPER que los técnicos de
Copeval no pudieron solucionar todos los problemas en terreno y debieron
traer a especialistas brasileños: “Cuando vimos que la máquina se
atollaba (atascaba), pedimos a Copeval que trajera expertos brasileños,
porque los chilenos no tenían la experiencia en estas máquinas, con un
concepto diferente de cosecha, para regularlas con el catálogo”. Así,
algunas de estas maquinas fueron redirigidas a otras comunidades: “No
han sido devueltas nuevamente”, dice Ariztía.
Otro antecedente anómalo en este proceso es que Indap creó una de las órdenes de compra el 4 de diciembre,
es decir, 16 días antes de firmar el contrato con Copeval. Una segunda
anomalía es que las cosechadoras comenzaron a ser entregadas por Copeval
antes de que se le enviaran las “órdenes de compra”. Los registros del
sistema Mercado Público indican que las órdenes fueron enviadas a Copeval recién el 29 de enero (vea las órdenes).
No obstante, las cosechadoras comenzaron a ser entregadas a las
comunidades a lo menos 14 días antes, el 15 de enero. Incluso,
presentaron fallas y fueron devueltas antes de que se emitieran las
órdenes, como consta en “informes en terreno” firmados por funcionarios
de Indap (vea los documentos ).
REASIGNACIONES
De las 16 comunidades que recibieron cosechadoras en la segunda
quincena de enero, al menos 10 resolvieron devolverlas. Ariztía
reconoció a CIPER que sus subalternos hicieron una mala evaluación
técnica y que las máquinas fueron entregadas a agricultores cuyos campos
no eran aptos para estas cosechadoras. Por eso, dijo, fueron
reasignadas a otras comunidades. Indap debió asumir el costo del
traslado de las máquinas y de mantener el subsidio a los agricultores
que rechazaron el producto, para que puedan ocupar esos recursos en la
compra de cosechadoras usadas u otros equipos.
-Llegamos a la conclusión, en 24 horas, que las máquinas fueron mal
asignadas (…). Se le entregó a comunidades que tenían 150 hectáreas y
estas máquinas no son para eso. Son para pequeños agricultores de máximo
cinco hectáreas. Inmediatamente, fuera de un llamado de atención a
nuestros funcionarios por haber asignado de forma tan rápida a gente que
de verdad no eran los calificados (…), recogimos las máquinas y fueron
derivadas a La Araucanía. En La Araucanía siguió el proceso, también con
varias maquinas mal asignadas y con un proceso de cambio y ya se han
desviado a Puerto Saavedra, Puerto Domínguez, lugares donde de verdad
hay propietarios a los cuales nosotros apuntábamos -explicó Ariztía.
CIPER contactó a dirigentes de dos de las cuatro comunidades que
recibieron estas cosechadoras en Bío Bío y a cuatro de las 12
comunidades que la obtuvieron en La Araucanía. Todos confirmaron que las
devolvieron. Jermemías Cheuquelaf, presidente de la comunidad Huipil,
de Galvarino, cuenta por qué rechazaron la máquina:
-Se atollaba cada diez minutos. Se llenaban los cilindros y no podía
seguir trillando. No sabemos cómo se licitó en realidad, porque esas
máquinas llegaron de la noche a la mañana. Tampoco tuvimos posibilidad
de verlas trabajar, más que por video.
Elicura Lincoyán, presidente de la mesa territorial de Mañuco,
también dice que vio la cosechadora en un video que les exhibió Indap:
-Les hice el alcance a los señores de Indap y les dije: Quiero
conocer la máquina, porque me parece buena, pero quiero ver cómo
funciona. Me dijeron que no estaban en Chile todavía. Nos entregaron la
máquina y la armamos con los mismos caballeros de Copeval. La
encontramos lenta inmediatamente. Una máquina automotriz se demora unos
40 minutos por hectárea y la que nos trajeron se demoraba tres horas. La
parte por donde entra el trigo es muy chica y cuando el trigo estaba
bueno, entraba más y se atollaba, se apretaba todo y había que hacer un
atado de cosas para sacar la paja de adentro.
Lincoyán dice que también fueron técnicos a revisar la cosechadora,
pero no hubo caso: “Me dijeron: ‘Tienes que hacerlo más lento para que
no se atolle’. Pero les dije que el tractor no tenía ni un cambio menos,
ese era el último, y no podía reducir más. La devolvimos”.
EL VÍNCULO CON COPEVAL
Ricardo Ariztía de Castro no firmó ni la adjudicación ni el contrato
con Copeval. Él dice que se abstuvo en cumplimiento de las normas de
probidad. Pero formalizó su inhabilitación recién el 15 de enero pasado mediante un oficio
que envío al ministro de Agricultura, Luis Mayol. La licitación se
había adjudicado 42 días antes, el 4 de diciembre, y el contrato se
había firmado 26 días atrás, el 20 de diciembre.
La empresa que vendió las cosechadoras, Copeval Servicios, es filial
de la sociedad anónima abierta Compañía Agropecuaria Copeval (Copeval
S.A.). Según los registros de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y los antecedentes expuestos en la memoria anual
de Copeval S.A., el 20% de las acciones de esta empresa está en manos
de dos sociedades controladas por Manuel Ariztía Ruiz, tío del director
nacional del Indap. Estas dos sociedades de Ariztía Ruiz son Desarrollos
y Servicios Melipilla Limitada (que tiene el 12,96% de Copeval S.A.) y
Empresas Aríztia Limitada (con el 7,67%). En representación de ellas,
Eugenio Ariztía Benoit, sobrino del director de Indap, figura en el
directorio de Copeval S.A.
El dictamen emitido por la Contraloría el pasado 11 de enero analizó
este parentesco, debido a que Ariztía de Castro había adjudicado otras
propuestas de Indap a la empresa Copeval Agrodindustrias, la que también
es filial de Copeval: “De los antecedentes examinados aparece que la
aludida empresa (Copeval Agrodindustrias) es una filial de la sociedad
Copeval S.A., en cuya propiedad participa don Manuel Ariztía Ruiz, tío
del director nacional de Indap, circunstancia que impedía la
intervención de esa autoridad en la evaluación y adjudicación de las
propuestas”, señala el dictamen.
Ese
mismo ditámen de la Contraloría estableció que el director de Indap no
sólo debe abstenerse de participar en las licitaciones o contratos que
involucren a Copeval, sino en todos los “procedimientos y decisiones”
que puedan beneficiar a esa empresa.
Al momento de recibir la resolución de la Contraloría, el nuevo
contrato con Copeval ya estaba operando. Y aunque Ariztía de Castro se
abstuvo de firmar la adjudicación de la licitación y el contrato (lo
hizo en su reemplazo el fiscal de Indap, Rafael Goldsack), en los hechos
sí participó en etapas posteriores del proceso.
El propio director nacional de Indap reconoció a CIPER que, después
de suscrito el contrato y de recibir los reclamos de las comunidades, ha
estado al tanto de las correcciones al plan de entrega de las
cosechadoras, pidiendo explicaciones a sus subalternos por las fallas,
solicitando asistencia técnica de la empresa y reasignando a otras
comunidades las máquinas inicialmente devueltas.
Incluso, después de conocido el dictamen de Contraloría, Ariztía ha
participado directamente en la entrega de las máquinas: “Una de ellas la
entregué personalmente en Coñaripe y allá está cosechando”, dijo.
“RAZONES FUNDADAS”
La Ley 19.886 establece que los organismos estatales no pueden
suscribir contratos con sociedades anónimas abiertas en las que
parientes de los jefes del mismo servicio público -hasta el tercer grado
de consanguinidad y segundo de afinidad- tengan sobre el 10% de las
acciones. Esto produce la causal de implicancia entre Ariztía y su tío,
que posee el 20% de Copeval S.A.
La misma ley indica que “cuando circunstancias excepcionales lo hagan
necesario”, los órganos del Estado podrán suscribir contratos con
empresas que presenten conflictos de interés con sus directivos. Tal
situación puede darse, por ejemplo, si se trata de la única empresa que
ofrece el servicio o los bienes, o que lo hace a un precio más
conveniente que la competencia. En este caso, dice la norma, “la
aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se
comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría
General de la República y a la Cámara de Diputados”. Ninguno de estos requisitos se cumplió.
La resolución que aprobó el contrato no señala fundamentos que
expliquen por qué se aceptó, excepcionalmente, que el proveedor fuese
una empresa relacionada con el director de Indap; en consecuencia, esas
razones fundadas no fueron comunicadas ni a la Contraloría ni a la
Cámara ni al superior jerárquico, en este caso el ministro Mayol.
El profesor de Derecho Público de la U. de Chile, Luis Cordero Vega,
confirmó a CIPER que con independencia de que un funcionario se haya
inhabilitado por razones de parentesco, como lo hizo Ariztía, la
resolución que aprueba el contrato debe señalar expresamente las razones
fundadas por las que se suscribió el vínculo comercial a pesar de ese
conflicto de interés. Esto, porque “la inhabilidad de parentesco afecta
al organismo, con indiferencia de quién suscribe el contrato”, dijo
Cordero. La misma resolución que aprobó el contrato, explicó el
académico, debe decir expresamente “comuníquese a la Contraloría y a la
Cámara de Diputados”, para que el documento sea sometido a control
administrativo y a control político (ver recuadro).
Tanto la resolución que aprobó la adjudicación como la que dio luz verde al contrato no dicen que deben ser comunicadas a la Contraloría, a la Cámara y al ministro Mayol.
RESPUESTA OFICIAL
Respecto de por qué en las resoluciones no se incluyeron las razones
fundadas ni se consignó que debían ser comunicadas a la Contraloría y a
la Cámara, Ariztía respondió a CIPER: “Desconozco eso”.
Su asesor y abogado, Germán Villegas, señaló que únicamente
informaron al ministro Mayol la inhabilidad de Ariztía: “Operamos por el
Estatuto Administrativo que, en el caso de cuando existan estas
relaciones de parentesco y existe el deber de abstención, uno debe
informar al superior jerárquico y abstenerse de participar de todo el
proceso”.
El oficio enviado al ministro Mayol el 15 de enero sólo informa que
Ariztía se abstuvo de participar en el proceso de compra, pero no señala
los fundamentos por los cuales Indap aceptó contratar a pesar del
conflicto de interés: “Comunico al señor ministro que habiendo postulado
a la citada licitación la empresa Copeval Servicios S.A., en que es
miembro del directorio mi sobrino Eugenio Ariztía Benoit, me he
abstenido y me abstendré de participar en todas y cada una de las
instancias de dicho proceso”, señala el oficio firmado por Ariztía.
El
director de Indap se comprometió a enviar a CIPER los documentos que
acreditarían que se cumplieron todos los requisitos establecidos por la
ley. No obstante, el único documento sobre esta materia remitido por
Indap a CIPER fue el oficio enviado al Ministro Mayol para notificarle
la abstención de Ariztía en el proceso.
Un dato relevante es que quien recibió ese oficio, el ministro Mayol,
también tenía relación con Copeval. Mayol era propietario del 2,1% de
las acciones de esa compañía, a través de la sociedad Luis Mayol Bouchon
y Cía. Limitada, a la fecha en que Indap suscribió el contrato con
Copeval. Además, figura en la constitución de otra sociedad -Viña
Cantera- junto al gerente y representante legal de Copeval, Dario
Polloni (vea los extractos del Diario Oficial).
Y en diciembre de 2012, cuando se firmó el trato por las cosechadoras,
Viña Cantera figuraba entre los accionistas que tenían menos de 1% de
los títulos de Copeval (vea la lista de accionistas de Copeval).
Polloni confirmó a CIPER que en 1997 constituyó junto a Mayol y otros
socios la Vinícola Valle Central S.A, la que en 2000 pasó a llamarse
Viña Cantera S.A. Esa sociedad, dijo Polloni, está inactiva desde 2008:
“No está operativa y acaba de vender sus acciones de Copeval hace un mes
o dos meses atrás. Está en proceso de liquidación”. Los registros del SII indican que la sociedad Viña Cantera S.A. sigue vigente, aunque no registra movimiento de documentación desde 2011.
TOMA DE RAZÓN
En una respuesta enviada a CIPER el 27 de marzo, Indap argumentó que
tanto la Contraloría como la Cámara de Diputados están al tanto de la
inhabilidad que afecta a Ariztía en relación a Copeval, debido a que se
remitió a esas instituciones “toda la información relacionada con esa
materia” en respuesta al requerimiento de los diputados Díaz y De
Urresti. Pero lo que Indap debió informar a Contraloría y a la Cámara no
es la inhabilidad de Ariztía, sino las razones por las cuales aceptó
contratar a Copeval a pesar de la relación que existe entre esa empresa y
su director nacional.
Indap tampoco envió el contrato con Copeval al procedimiento de “toma
de razón” en la Contraloría, para que ese organismo determinara si la
operación se ajustó a las normas. Los contratos que suscriben entidades
públicas para la adquisición de bienes muebles cuyos montos superen las 5
mil UTM (equivalentes a $200,6 millones,) deben cumplir con el trámite
de “toma de razón”. Y aunque el desembolso del Indap por la compra de
las cosechadoras sumó $ 493,5 millones, no fue enviado a la Contraloría.
Sobre este punto, Indap respondió a CIPER que el procedimiento quedó
exento de la “toma de razón” porque en el contrato no se estableció un
monto total de la compra, sino el precio unitario de cada cosechadora
($20,7 millones más IVA por unidad), debido a que no se sabía cuántas
comunidades aceptarían comprar las máquinas.
Efectivamente, Indap no podía saber cuántos agricultores postularían
para adquirir una cosechadora, por lo que no era posible establecer un
monto global. No obstante, Ariztía reconoció a CIPER que el contrato con
Copeval “fue una compra piloto de 20 máquinas”, por lo que el organismo
entendía que la cifra en juego se acercaría a los $500 millones.
“No basta con haberse abstenido de participar”
El director de Indap, Ricardo Ariztía de Castro, no firmó el contrato
con Copeval e informó al ministro de Agricultura que se abstendría en
ese proceso, debido a la presencia de sus parientes en esa empresa. Pero
esas acciones son insuficientes para dar curso a un contrato bajo un
conflicto de interés de este tipo.
El profesor de Derecho Público Luis Cordero Vega explica que la
prohibición de suscribir el contrato afecta a la institución y no al
funcionario implicado. Por esa razón, las leyes exigen, además de la
abstención, que la resolución que apruebe el contrato fundamente por qué
esa operación comercial es beneficiosa para el Estado al punto que se
puede obviar el conflicto de interés.
-Lo que la ley exige es que puedo suscribir ese contrato siempre y
cuando demuestre que las condiciones son equivalentes a las de mercado.
Probablemente, que pueda decir “mire, no obstante existe el parentesco,
este contrato es mejor, porque es más barato o más eficiente o es un
producto de mejor calidad. En consecuencia, el Estado no debiera perder
este buen contrato por esta relación de parentesco”. Pero todo eso lo
tengo que justificar en el acto aprobatorio del contrato.
-Entonces, ¿debe estar explicito en la resolución que aprueba el contrato?
-Sí, completamente.
-¿Aún cuando el contrato lo firme otra persona?
-Lo que pasa es que la norma está hecha sobre la base de que es el
organismo el que no puede suscribir el contrato. No es que “Pedro Pérez”
no puede firmar, es el organismo el que no puede. Es decir, la
inhabilidad de parentesco afecta al organismo, con indiferencia de quién
suscribe el contrato.
-¿Y cómo se informa la resolución fundada a la Contraloría y a la Cámara de Diputados?
-Al final de la resolución debe decir “comuníquese a la Contraloría
General de la República y a la Cámara de Diputados”. Debe decirlo
explícitamente. ¿Por qué a la Cámara y a la Contraloría? Porque una es
la que hace control político y la otra hace control de probidad.
Entonces, la norma dice: “Mire, usted no puede contratar, pero si
contrata tiene que fundarlo y, además, va a estar sujeto a dos tipos de
control, el administrativo y el político”. No basta con haberse
abstenido de participar.
FUENTE:CIPERCHILE
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