viernes, 10 de mayo de 2013

Cheyre se contradice por voto marcado: “Puede ser objetado”

Cheyre se contradice por voto marcado: “Puede ser objetado”

Después de asegurar en Canal 24 Horas que un sufragio con una leyenda alusiva, por ejemplo, a asamblea constituyente sería nulo, minutos después dijo en CNN Chile que sería objetado.

Jueves 9 de mayo de 2013| por Nacion.cl - foto: Pantallazo
Una verdadera contradicción fue la que evidenció este jueves el presidente del Consejo del Servel, Juan Emilio Cheyre, al explicar -en primera instancia- que un voto marcado con una consigna de "asamblea constituyente" quedaría nulo, sin embargo, sólo minutos después dijo que el sufragio sería "objetado".
Entrevistado por Gonzalo Ramírez y ante la consulta de que "hay algunos que han planteado que en el voto de las primarias marcar una preferencia extra, la asamblea constituyente, cuál será el criterio en ese caso", el ex militar respondió que "ese voto no está en las opciones, cuando uno marca un voto así normalmente es nulo (...) la mesa tiene que aplicar los instructivos correspondientes y ese voto sin duda es nulo".
Pero después en una entrevista en CNN Chile, el personero del Servel dijo que el sufragio sería "objetado".
El periodista Daniel Matamala  -al igual que su colega- preguntó sobre "si una persona marca una preferencia y aparte de marcar esa preferencia pone el mensaje que sea en el voto", a lo que el representante del Servel respondió enfáticamente que es "objetado".
Ante esta respuesta, Mónica Rincón le recordó sus declaraciones en Canal 24 Horas, pero Cheyre explicó que "la pregunta era otra, no había marcado ningún voto, en lo que usted escuchó la pregunta era que no se marcaba ninguna preferencia y tenía una leyenda, escribía algo", dijo.
Una vez aclarada la situación por parte del militar en retiro, la periodista enfatizó que el voto graficado era "blanco", no nulo.
Tras la insistencia de los periodistas en relación al tema, Cheyre expresó que "yo preferiría atenerme a las instrucciones que se van a impartir en la ley precisamente para los locales (...) esperemos las instrucciones precisas para cada caso preciso. Y con esta tendencia a ese llamado (Asamblea Constituyente) creo que se deberá precisar muy bien los diferentes casos que se pueden producir".

LEY SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS

Se considerarán como marcadas y podrán ser objetadas por vocales y apoderados, las cédulas en que se ha marcado claramente una preferencia, aunque no necesariamente en la forma correcta señalada en el artículo 65, y las que tengan, además de la preferencia, leyendas, otras marcas o señas gráficas que se hayan producido en forma accidental o voluntaria, como también aquellas emitidas con una preferencia pero sin los dobleces correctos. Estas cédulas deberán escrutarse a favor del candidato que indique la preferencia, pero deberá quedar constancia de sus marcas o accidentes en las actas respectivas con indicación de la preferencia que contienen.

FUENTE: LA NACION

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